Corte Constitucional no reconoció dos tutelas que hubieran favorecido a Uber
Exigir el cumplimiento de las reglaspara la prestación del servicio público de transporte "en manera alguna puede devenir en la vulneración de sus derechos fundamentales".
12 de enero de 2018La Corte Constitucional estudió dos tutelas realizadas por conductores de Uber quienes afirmaban que la ausencia de regulación del Gobierno en materia de transporte de vehículos particulares, los ataques de los taxistas y la inmovilización de vehículos que hace la policía, vulneran derechos fundamentales como el del trabajo, la igualdad, la vida en condiciones dignas y al mínimo vital.
Sin embargo, la Corte no aceptó estas razones puesto que, pese a que en las tutelas se refieren a que Uber no tienen las reglas claras en el país, no explican por qué llegan a dicha conclusión o por qué las normas actuales no les son aplicables.
De esta manera, los promotores de Uber pierden una apuesta fundamental para que a través de la tutela les reconocieran algún tipo de derecho al trabajo.
Igualmente, la Corte validó los argumentos del Ministerio de Transporte, el cual se refirió a la existencia de la reglamentación para el transporte especial o de lujo y da las razones de por qué Uber no cumple los requisitos para ser autorizado por el Ministerio.
Así mismo, el alto tribunal destacó que exigir el cumplimiento de las reglas establecidas para la prestación del servicio público de transporte "en manera alguna puede devenir en la vulneración de sus derechos fundamentales".
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