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Legislación

Corte exhortó al Gobierno sobre embarazadas que prestan servicio militar voluntario

El tribunal también exhortó al Congreso legislar sobre los derechos de las mujeres gestantes cuando están prestando el servicio

30 de abril de 2024

Lucas Martínez


Sede de la Corte Constitucional
Colprensa
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Luego de que la Corte Constitucional revisara una tutela presentada por una mujer de 23 años, quien mientras prestaba el servicio militar voluntario quedó en estado de gestación, le exhortó al Gobierno nacional y al Congreso de la República legislar sobre los derechos de las mujeres gestantes que se encuentran prestando este servicio. La Corte señaló que existe un “déficit de protección”.

La mujer gestante indicó que dejó de percibir la bonificación que le correspondía por prestar el servicio, el cual es equivalente al 30% de un salario mínimo. Dando a conocer que como era su única fuente de ingresos, tanto ella, como su futuro hijo, quedaban desprotegidos.

La Dirección de Sanidad de la Policía Nacional le hizo firmar a la mujer un pagaré “por cuenta de las atenciones recibidas durante el nacimiento de su hijo y, en días posteriores, recibió una factura por un poco más de $500.000”, señaló el alto tribunal.

La mujer que prestaba el servicio militar aclaró que se encontraba cobijada por el fuero de maternidad, ya que había quedado en estado de gestación mientras se encontraba prestando el servicio militar voluntario en la Policía Nacional.

La Corte Constitucional dio a conocer que “el juez de primera instancia amparó el derecho fundamental a la salud del hijo de la accionante y negó las demás pretensiones relacionadas con el pago de la licencia de maternidad”. El juez de segunda instancia confirmó parcialmente el fallo impugnado.

La autoridad judicial exigió “eliminar el cobro generado en la factura por los servicios de salud prestados durante el nacimiento del niño, el pago de licencia de maternidad, inaplicar la resolución de desacuartelamiento de la demandante, el reintegro a la Institución (si la accionante lo quería), y el pago tanto de los emolumentos dejados de percibir como de la bonificación mensual”.

La Sala de Revisión indicó que confirmaba la decisión de segunda instancia argumentando que la Policía Nacional había vulnerado los derechos a la salud, al mínimo vital y a la estabilidad laboral y ocupacional reforzada de la mujer, así como el interés superior del niño. Además, considero que la entidad no tuvo en cuenta circunstancias particulares de la mujer cuando la desvincularon de la institución.

Por su parte, la Policía Metropolitana de Bogotá replicó que “el desacuartelamiento de la accionante se sustentó en la protección del niño por nacer”, decisión para la Corte que fue arbitraria y carente de un enfoque de género.

Para el tribunal, la decisión tomada por la entidad dejó a un lado la condición de mujer cabeza de hogar, así como su situación económica. Además, que no dejó a la mujer tomar una decisión ya que por sí mismos aplicaron lo que consideraban una protección al bebé que estaba por nacer, imponiendo cargas relacionadas con imaginarios sobre lo que debe ser la maternidad y el ejercicio de los roles femeninos.

Finalmente, la Sala exhortó al Gobierno nacional para que “presente un proyecto de ley tendiente a superar el déficit de protección en el marco de la prestación del servicio militar por parte de mujeres que ejerzan un rol reproductivo”. Además de exhortar al Congreso para que expida una ley en ese sentido.

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