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Judicial

La Corte Suprema tumba la condena contra Mario Aranguren por “chuzadas” del DAS

El exfuncionario había sido condenado a once años de prisión por el Tribunal pero el tiempo para judicializarlo habría caducado

16 de noviembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


Colprensa
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La Corte Suprema de Justica absolvió al exdirector y exsubdirector de la Unidad de Gastos y Análisis Financiero (UIAF), Mario Aranguren Rincón y Luis Eduardo Daza Giraldo, de haber tenido cualquier tipo de responsabilidad dentro del escándalo de las “chuzadas” que había realizado el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

La Corte reconoció que los actores estuvieron involucrados en las actividades ilegales del DAS, pero que el tiempo para poder judicializar a estos caducó, por lo que se tomó esta decisión. Con ella, la condena de 11 años y medio de prisión queda derogada, la cual fue emitida en el año 2018, por el Tribunal Superior de Bogotá.

Por otro lado, Corte Suprema de Justica expresó que, “este punto de vista permite afirmar más allá de toda duda, que Mario Aranguren Rincón y Luis Eduardo Daza Giraldo fueron integrantes del concierto, pero también permite sostener que al aceptar que se plegaron a la organización, como lógica consecuencia no se puede decir que la dirigieron o la organizaron. De manera que, si la agravante les fue imputada por dirigir y organizar el concierto, esa atribución probatoria y dogmáticamente es insostenible".

Se absolvió entonces a Aranguren y a Daza de prevaricato por acción, al esclarecer que estos cometieron irregularidades en el trámite de la investigación financiera, “pero no al punto de considerar que algunos comportamientos disfuncionales realizan el delito de prevaricato”, recaló la Corte.

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