Desde hoy recobrarían la libertad 12.000 internos señalados de delitos leves
Así lo establece la ley 1786 de 2016, la misma que fue prorrogada por un año.
01 de julio de 2017A partir de hoy, unos 12.000 internos podrían quedar en libertad debido a que no se les ha resuelto su situación jurídica. Así lo establece la ley 1786 de 2016, la misma que fue prorrogada por un año, pues debía haber entrado en vigor el 6 de julio de 2015 (Ley 1760).
“Sin atender la realidad procesal del país, se establecieron normas en las que las medidas de aseguramiento no deben tener más de un año”, fue el cuestionamiento hecho por el fiscal General de la Nación, Néstor Humberto Martínez, en claro rechazo a la posibilidad dispuesta con dicha normativa.
“Eso va a dar lugar a excarcelaciones masivas”, alertó Martínez, un mes antes de la entrada en vigencia de la medida que da luz verde a la avalancha de solicitudes de libertad.
“Las audiencias de juzgamiento no se hacen en un año”, dijo Martínez y precisó que en la medida en que el ente acusador sea mucho más efectivo, la problemática para el sistema penal acusatorio será mucho mayor. Lo cierto es que a la fecha más de 100.000 audiencias están represadas por cuenta de la falta de alternativas del sistema judicial.
“El número de jueces en 1994, cuando yo era Ministro de Justicia, es prácticamente el mismo que existe hoy, 23 años después”, dijo Martínez, criterio con el cual coincidió el presidente de la Corte Suprema de Justicia, magistrado Rigoberto Echeverry: “Esa ley se sacó hace dos años para solucionar la congestión en las cárceles, pero lo único que se ha hecho es postergar su entrada en vigencia por un año. No se ha hecho nada y en el sistema penal hay problemas coyunturales”, dijo el jurista.
Ante estos cuestionamientos el exministro de Justicia Yesid Reyes aseguró que con el referido aplazamiento se buscó dar más tiempo a las entidades para depurar con facilidad los procesos judiciales de mayor complejidad.
Pero, al parecer, se podría generar una nueva prórroga, pues al consultar con distintas entidades acerca de balances o programas de seguimiento a las libertades que se darían, ninguna dio razón.
Desde el Consejo Superior de la Judicatura se habla de cinco entidades que están relacionadas con estos casos (Inpec, Ministerio de Justicia, Defensoría del Pueblo, Fiscalía General y la propia Judicatura), pero ninguna, a pesar de las mesas de trabajo dispuestas para este tema -dicen- cuenta en sus seguimientos con cifras actualizadas del número de internos que saldría, como tampoco de los delitos que van a ser cubiertos por la norma, ni los penales que tendrían que abrir sus puertas para las excarcelaciones.
Lo cierto es que, según el exministro Yesid Reyes, impulsor de la ley, quienes podrán recuperar su libertad serán los señalados de incurrir en delitos catalogados como leves; entre ellos, el hurto, el microtráfico, el maltrato, la injuria, la estafa y la usurpación, entre otros”.
Según Reyes, el objetivo de la misma no es otro que “racionalizar el uso de detención preventiva con el fin de sostener la presunción de inocencia que tiene cada interno”. Y es que según el penalista, es inadmisible que un colombiano dure privado de la libertad más de cinco años sin que se pruebe su culpabilidad.
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