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Judicial

El hacinamiento carcelario se redujo a 26,08% por cuenta de la emergencia sanitaria

La principal alerta es sobre la persistencia del hacinamiento en centros de detención transitorios, como estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata

19 de octubre de 2020

Laura Vita Mesa

lvita@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

La problemática histórica del hacinamiento carcelario y las condiciones en las que vive la población privada de la libertad (PPL) quedó una vez más en evidencia cuando se registraron contagios masivos de covid-19 en cárceles como la de Villavicencio.

Esto disparó varias alertas sobre la posibilidad de que la pandemia exacerbara la ya precaria situación. Las cifras, sin embargo, contrastan con esa percepción pues, según datos del Inpec, el hacinamiento se redujo a casi la mitad durante la emergencia al pasar de 51,49% en marzo a 26,08% en septiembre.

Así lo muestra un informe publicado por la Procuraduría General de la Nación en el que, tras analizar el panorama de la PPL durante la emergencia sanitaria, se advierte que si bien hay indicadores positivos, la situación sigue siendo preocupante, por lo que es necesario adelantar acciones que permitan garantizar los derechos de esta población.

“De no ser intervenidas a tiempo (...) podrían impactar sus mínimos asegurables y ahondarían las afectaciones que de tiempo atrás vienen padeciendo como consecuencia de situaciones estructurales de vulnerabilidad manifiesta y debilidad institucional”, se lee.

Situación de salud

Sobre el panorama de covid-19 en centros de reclusión, el ente de control reportó que, con corte al 9 de septiembre, se habían registrado 11.373 reclusos afectados, 75 fallecidos y 9.114 recuperados. Además, destacó que la cifra de recuperados era de 80% y que se tomaron 27.969 pruebas covid-19, equivalentes a un muestreo de 28,5% de la población carcelaria.

Estas cifras muestran una reacción oportuna de las autoridades competentes frente a la pandemia; sin embargo, al margen de esta, el penalista Iván Cancino advirtió que “muchas personas no salen rápido a citas médicas, no les dan medicamentos, y Medicina Legal, por el miedo a una domiciliaria por salud, es muy parcializado en sus conceptos”. En ese sentido, señaló que es necesario dotar a las cárceles de centros de salud permanentes, con personal y medicinas, en lugar de hacer brigadas ocasionales.
Hacinamiento carcelario

Considerando que el hacinamiento aumenta el riesgo de contagio, el Gobierno Nacional expidió en abril el Decreto 546 de 2020, con el que buscaba excarcelar, bajo ciertas condiciones a los presos de mayor vulnerabilidad frente al covid para reducir el hacinamiento.

Este efectivamente se redujo a la mitad, pues pasó de 53,5% en enero a 26,08% en septiembre. Sin embargo, no había sido por cuenta del decreto, pues como se ve en el gráfico, de las 29.187 libertades y excarcelaciones solo 956 obedecieron a la medida transitoria, mientras que el resto fueron ordenadas por la justicia ordinaria.

Para Alejandro Mejía, socio de Cáez Muñoz Mejía Abogados, esto muestra que los jueces están usando los instrumentos que existían y que en el país tenemos una proliferación de normas pero hace falta ejecución.

LOS CONTRASTES

  • Wilson RuizMinistro de Justicia

    “Estamos concientizando a fiscales, jueces y magistrados de que la última opción debe ser la prisión. Esta es una situación que nos genera muchos problemas, incluso de tipo económico”.

  • Alejandro MejíaSocio de Cáez Muñoz Mejía

    “El Estado vive en una contradicción constante entre el populismo punitivo de crear y endurecer las penas y, al tiempo, promover proyectos de ley para racionalizar las medidas carcelarias”.

“Los contagios masivos en las cárceles fueron la gota que derramó la copa sobre la inhumanización de la población carcelaria y fue el pretexto para que los jueces de control de garantías y de ejecución de penas, cada uno en su competencia, racionalizaran las medidas de aseguramiento y ejecución de penas en establecimientos carcelarios o, como pasa con las últimas, la no concesión de situaciones que ameritan libertad o tratamiento punitivo en domicilio”, dijo.

No obstante, la reducción en el hacinamiento no tiene que ver solo con estas cifras. Por un lado, mediante el Decreto 804 de 2020, se autorizó a los entes territoriales la adecuación, ampliación o modificación de inmuebles destinados a centros transitorios de detención.

Una razón adicional de la reducción del hacinamiento tiene que ver con la suspensión de traslados de centros de detención transitoria a establecimientos penitenciarios y carcelarios. “La principal alerta es sobre la persistencia del hacinamiento en centros de detención transitorios tales como estaciones de Policía y Unidades de Reacción Inmediata (URI). La suspensión de traslados generó dificultades y aumento del número de personas en estos centros, incrementando el índice de ocupación y hacinamiento y aumentando el riesgo de prevención y cuidado frente al contagio, lo que puede derivar en la propagación de la epidemia, conflictos, fugas y problemas de orden, y seguridad”, advirtió el procurador general Fernando Carrillo.

Política criminal

Mejía señaló que la situación carcelaria, al margen de los factores coyunturales de la pandemia, es reflejo de la inexistencia de una política criminal. “Por eso, el Estado vive en una contradicción constante entre el populismo punitivo de crear y endurecer las penas y, al tiempo, promover proyectos de ley para racionalizar las medidas carcelarias”, dijo.

En la misma línea el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, criticó el pasado viernes el hecho de que los ciudadanos “sean felices” pidiendo cárcel para delitos de bajo impacto. “Estamos concientizando a fiscales, jueces y magistrados de que la última opción debe ser la prisión. Es una situación que nos genera muchos problemas, incluso de tipo económico, pues como nuestro sistema probatorio es tan débil, la persona sale por preclusión o por cualquier otra situación y demanda al Estado”, enfatizó.

Antecedentes

El procurador Carrillo también señaló que el gran desafío en materia de garantías mínimas para los internos hacia el futuro y en el marco de la emergencia sanitaria que se mantiene, es que “aspectos como elementos de bioseguridad, protocolos, seguridad alimentaria y medidas sanitarias adecuadas, con especial énfasis en acceso a agua, revisten una importancia absoluta y más cuando guardan relación directa con la vida e integridad de las personas”.

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