En firme, suspensión del decreto que le permitía a Petro regular los servicios públicos
El Consejo de Estado resolvió un recurso de súplica interpuesto por el Gobierno Nacional con el que ratificó la medida cautelar
06 de julio de 2023La Sección Primera del Consejo de Estado dejó en firme las medidas cautelares para suspender el decreto del Gobierno Nacional con el que el presidente de Colombia Gustavo Petro pretendía asumir las funciones regulatorias de los servicios públicos.
Se trata del Decreto 227 del 16 de febrero de 2023, con el que el presidente Gustavo Petro podría asumir algunas funciones de carácter regulatorio en materia de servicios públicos domiciliarios.
El máximo tribunal de lo contencioso administrativo reiteró los argumentos del auto del 2 de marzo para suspender el decreto, ya que el presidente Petro lo habría expedido irregularmente. "El análisis anterior resulta suficiente, dentro de los límites del recurso, para decidir que el auto de 2 de marzo de 2023, que concluyó de manera preliminar que se incurrió en el vicio de expedición irregular del acto acusado, debe confirmarse", señaló la Sección Primera del Consejo de Estado.
También señaló que Petro incumplió con su deber de dar a conocer la normativa 15 días antes de expedirlo, vulnerando el derecho de los ciudadanos y demás grupos de interés de presentar sus opiniones, sugerencias o propuestas respecto del mismo.
El Gobierno alegó que el menor tiempo que estuvo publicado el decreto, que fue durante solo dos días, estuvo justificado porque solo tenía cuatro artículos, por lo que hubo tiempo suficiente para estudiarlo y presentar observaciones.
Pero la Sala del Consejo de Estado advirtió que esa razón no justifica el incumplimiento del término fijado para garantizar la suficiente participación ciudadana frente a disposiciones regulatorias.
La decisión no tumba todavía el polémico Decreto expedido por la Presidencia de la República, ya que se trata de solo una medida cautelar. Pero la norma sí seguirá suspendida, mientras que el Consejo de Estado estudia de fondo la demanda de nulidad interpuesta por los accionantes Julián David Solorza Martínez y Lucas Arboleda Henao, miembros de la firma DLA Piper Martínez Beltrán.
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