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Legislación

Gobierno Nacional dio a conocer las directrices de austeridad para entidades públicas

Esta directiva regula los contratos de prestación, la publicidad, vacaciones, vehículos, viáticos, entre otros. Estos quedarán limitados

19 de septiembre de 2022

Diego Alejandro Ospina Henao


Presidencia de la República
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Presidencia de la República, por medio de la directiva número ocho del 2022, expresó las medidas para la racionalización, la probidad y la eficiencia del gasto público, la cual dice que estos principios rigen bajo el artículo 209 de la Constitución Política del 91. Dentro de esto, las prestaciones de servicios, las vacaciones, los automóviles y demás cosas quedarán con limitaciones, para un correcto manejo de estos gastos.

Las medidas para la optimización de recursos en la contratación pública son las siguientes:

Contratos de prestación de servicios:

Las entidades públicas solo podrán generar contratos de prestación de servicios, siempre y cuando este lo amerite por la cantidad de carga laboral de la planta. La directiva establece que, “estos contratos deberán justificarse detalladamente, caso a caso, en los documentos precontractuales, entre otros, con las cifras de procesos, el número de proyectos, la gestión mensual, razones de la complejidad del servicio a contratar y el tiempo durante el cual se requerirá ese apoyo”.

Contratación de estudios:

Cada entidad deberá realizar un estudio preliminar, para conocer sí la solitud del estudio o diseño es viable, o simplemente se pueden utilizar los estudios que ya se tenían de que cada organización. Pero sí es necesario la implementación de esto, la entidad solo contratará a “los trabajos adicionales que sean necesarios para actualizar o complementar dichos estudios”.

Contratos interadministrativos:

La directiva le recuerda a cada entidad que, “no pueden celebrar contratos interadministrativos para eludir los procedimientos de selección establecidos en el Estatuto General de Contratación Pública”. Para poder acceder a esta modalidad, las organizaciones deberán especificar las razones jurídicas, técnicas y económicas en sus documentos, para requerir esto.

Comités fiduciarios de los patrimonios autónomos:

Los patrimonios autónomos o encargos fiduciarios que, por algún motivo, utilicen recursos públicos, deberán pactar que el funcionario directivo deberá formar parte de dicho comité fiduciario.

Conflicto de intereses:

Las entidades públicas tienen que realizar Pliegos de Condiciones en donde se evaluarán sí los concursantes participaron en la elaboración de los estudios, diseños y estructuración del proyecto en el cual inveterarían.

Plataforma Secop:

Las organizaciones que manejen recursos públicos deberán presentar a la SECOP un informe con, “los contratos que celebren y sus modificaciones, y también toda la información de la ejecución contractual, incluyendo los informes periódicos de interventorías y supervisión que incluyan los avances físicos y financieros del objeto contractual”.

Mecanismos de adquisición de bienes y servicios:

La directiva acuerda la importancia del Estado, para la eficiencia de las compras públicas. Por esto, toda entidad registrada en Estatuto General de Contratación Pública, tienen que adquirir sus servicios y productos por medio de la Tienda Virtual del Estado Colombiano. Esto con el fin de implantar las “compras agregadas”.

Afectación de la competencia en los procesos contractuales, reportes de la agencia nacional de contratación y la liquidación de los contratos especiales:

Por el lado de la competencia en los procesos contractuales, “las entidades exigirán que los oferentes a quienes se les requiera y no subsanen sus ofertas justifiquen la razón por la cual no subsanaron”. Por el lado de los reportes de contratación, las organizaciones podrán ver, a través de la Agencia Nacional de Contratación Pública -Colombia-Compra Eficiente, un reporte del nivel de la competencia en las contrataciones. Por último, en la liquidación de contratos, las entidades deberán “implementar planes de choque para eliminar el rezago en liquidaciones”.

Por el lado de la autoridad en gastos de funcionamiento e inversión quedaron los siguientes racionamientos:

Prohibición de indemnización de vacaciones:

Los jefes de Talento Humano serán los responsables de la planeación de los periodos de vacaciones del personal de la planta. Este lo realizará al inicio del año y velarán por el cumplimento de estos tiempos.

Comisiones y viáticos:

Las entidades deberán analizar la solicitud del viaje, para justificar el aval del este. Por otro lado, se tendrá que tomar en cuanta el número de personas que viajarán, indicando su importancia de su asistencia y su papel que desempeñarán. Esto siempre y cuando “estén directamente relacionadas con el objeto de la comisión”.

Vehículos/transporte:

Los automóviles solo se podrán otorgar a los funcionarios de nivel directivo, o de nivel de asesor, con una previa justificación. Los vehículos que se dará, deben ser eléctricos, para apoyar la transición energética. Sin embargo, no se otorgará carros oficiales a contratistas.

Arrendamientos de sedes:

Las entidades que deseen adquirir inmuebles, primero tendrán que examinar sí existen estos en otras sedes, los cuales aún puedan ser utilizados para su funcionamiento. Por otro lado, se implementará en trabajo remoto o virtual, para disminuir os gastos por arrendamiento.

Combustibles, publicidad o publicaciones, servicios públicos, esquemas de seguridad, y vigilancia:

Para los combustibles, las entidades “deben contar con mecanismos de control de consumo en tiempo real y con seguridad, como por ejemplo los llamados stickers”. En temas de publicad o publicaciones, se prohíbe el uso de recursos públicos para la promoción de tipo personal. En cuanto a los servicios públicos, las entidades deberán implementar medidas medioambientales como el ahorro de grifos de agua, luces ahorradoras, entre otras. Para los esquemas de seguridad estos deberán ser justificados por el nivel de riesgo. Y, por último, en temas de vigilancia, las entidades tendrán que evaluar sí se utilizarían cámaras y demás elementos, para reducir los gastos.

Además, las medidas para promover la transparencia en las gestiones son las siguientes:

Canales de denuncia:

Las entidades deberán implementar canales de denuncias, para hechos de corrupción, entre otros, para optimizar la gestión pública.

Automatización de trámites:

Las entidades, “procurarán automatizar todos sus trámites, y actualizarán sus páginas web para permitir que 105 ciudadanos conozcan en línea, el área encargada de atender cada trámite, el funcionario encargado, y el estado actual del trámite”.

Procesos judiciales:

Cuando es Estado se demandado, es recomendable hacer un análisis de la conveniencia jurídica y económica. Por otro lado, los contratos con los apoderados, el estado debe especificar” que estos deben declarar todos sus conflictos de interés, incluyendo 105 que tengan en virtud de su participación, como beneficiarios reales, en empresas y en negocios particulares”.

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