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Judicial

JEP y Fiscalía van a la Corte Constitucional para definir competencia sobre bienes de las Farc

Ponencia inicial de la Corte Constitucional le otorgaría la competencia a la Fiscalía General de la Nación.

22 de enero de 2019

José David Castilla


Canal de noticias de Asuntos Legales

La JEP remitió un documento ante la Corte Constitucional para que estudiara el presunto conflicto de competencias que existe entre la jurisdicción transicional y la Fiscalía para perseguir los bienes de las Farc. Según develó La W, la ponencia de la Corte estaría enfocada en otorgarle la competencia exclusiva a la Fsicalía.

En el documento de la JEP se estableció que: “Para este cuerpo colegiado resulta por lo menos paradójico o incongruente que en el trámite de la solicitud de medidas cautelares sobre el inventario de los bienes de las FARC (...), la Fiscalía se haya negado reiteradamente a entregar la información solicitada sobre el inventario de bienes y activos de las FARC, por considerarla de su exclusiva competencia y de carácter reservado, hasta el punto de promover el conflicto de jurisdicciones de referencia, pero ahora en el reciente informe decida sorpresivamente suministrar información sobre los bienes y activos”.

La JEP también criticó los señalamientos de la Fiscalía en los que afirmó que no es posible establecer cuáles son los bienes no inventariados que son objeto de extinción de dominio. En el informe estructurado por el ente acusador se señaló son cerca de 1.670 bienes, cuyo valor sobrepasa los $2.3 billones.

Sin embargo, el magistrado Luis Guillermo Guerrero planteó en su ponencia que la JEP no tiene la competencia para perseguir los bienes de las Farc. En la ponencia referenciada por La W se referencia que la JEP no puede realizar estas acciones de persecución de bienes porque esta competencia le "pertenece a la Jurisdicción Ordinaria, a través de la Fiscalía General de la Nación y los jueces del circuito de extinción de dominio".

El 23 de enero le corresponderá a la Corte definir este conflicto de competencias entre la jurisdicción ordinaria y la Jurisdicción especial para la paz.

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