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Legislación

La multa a los jurados de votación que no cumplan con su deber puede llegar a $8 millones

En las cuatro elecciones que se hicieron el año pasado 22.955 ciudadanos fueron sancionados.

26 de octubre de 2019

José González Bell


Canal de noticias de Asuntos Legales

Para las elecciones de mañana, en las cuales se escogerán alcaldes, gobernadores, diputados, concejales y miembros de las juntas administradoras locales, para el periodo 2020 - 2023, más de 700.000 personas fueron escogidas como jurados de votación.

De acuerdo con el artículo 105 del Código Electoral, el cargo de jurado de votación es de forzosa aceptación. Las personas notificadas y que, sin justa causa, no concurran a desempeñar sus funciones o las abandonen, se harán acreedoras a la destitución del cargo que desempeñan si son servidores públicos, y si no lo son, a una multa que puede llegar hasta 10 salarios mínimos legales vigente (unos $8,2 millones).

De acuerdo con datos suministrados por la Registraduría Nacional, en las cuatro elecciones que se hicieron el año pasado (Congreso, Presidencial primera vuelta, Presidencial segunda vuelta y Consulta Anticorrupción), 22.955 ciudadanos fueron sancionados por no cumplir sus funciones como jurados de votación. Las multas sumaron $18.461 millones.

Para los comicios del Congreso, 6.371 personas faltaron a su obligación como ciudadanos, lo que sumó $5.127 millones en multas. Una cifra parecida se dio en las elecciones presidenciales en primera vuelta, donde 6.341 personas fueron sancionadas con $5.064 millones.

En la segunda vuelta presidencial fueron otras 5.436 personas multadas y en la Consulta Anticorrupción la cifra disminuyó a 4.087. En total, las multas sumaron $4.353 millones y $3.915 millones, respectivamente.
Las causales por las cuales se puede exonerar a un ciudadano de la multa por no asistir como jurado de votación son: grave enfermedad o muerte del jurado designado o de su cónyuge, madre, padre o hijo. No ser residente del lugar donde fue designado, ser menor de 18 años o mayor de 60.

Las enfermedades solo podrán acreditarse con la presentación de un certificado médico expedido bajo la gravedad del juramento.

Ahora bien, una pregunta que no falta en elecciones es cómo se eligen los jurados de votación. La designación de los jurados se realiza mediante un sorteo aleatorio, el cual se hace por medio de un software alimentado con las listas de empleados públicos y privados menores de 60 años, enviadas por los jefes de recursos humanos de diversas empresas.

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