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Judicial

La Procuraduría General formuló cargos contra exmagistrado auxiliar de la Corte Suprema de Justicia

Camilo Andrés Ruiz presuntamente recibió dinero de algunos procesados por el llamado ‘Cartel de la Toga’ para favorecerlos judicialmente

22 de diciembre de 2020

Allison Gutiérrez Núñez

agutierrez@larepublica.com.co

Procuraduría
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Procuraduría General de la Nación (PGN) informó que formuló pliego de cargos al exmagistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, Camilo Andrés Ruiz, presuntamente por haber recibido dinero de algunos procesados por el llamado ‘Cartel de la Toga’, para que supuestamente, a través de la omisión de sus funciones, los favoreciera judicialmente.

Al exmagistrado el Ministerio Público le imputó dos cargos. En el primero, le reprochó que presuntamente recibiera $200 millones, del abogado Luis Gustavo Moreno, defensor del congresista Nilton Córdoba Manyoma, para que al parecer retardara la sustanciación de dos expedientes asignados a su cargo, realizara aplazamientos injustificados de pruebas, y dilatara el trámite procesal de los casos que se adelantaban contra su defendido.

El investigado habría podido incurrir en falta disciplinaria al presuntamente realizar una acción contenida en el Código Penal, artículo 405 de la Ley 599 de 2000, relacionada con el cohecho propio.

En el segundo cargo, el ente de control le cuestionó el que presuntamente recibiera la suma de $120 millones del abogado Moreno, defensor de la congresista Argenis Velásquez Ramírez, con el fin de dilatar el trámite procesal a fin de evitar que se adoptara una decisión jurídica en contra de la investigada.

Los hechos cuestionados tienen relación con las actuaciones de la organización delictiva que según el testimonio del exfiscal anticorrupción Moreno Rivera, tenía como estrategia de defensa corromper funcionarios en la Corte Suprema para dilatar procesos contra sus defendidos y evitar decisiones judiciales de fondo.

Para la PGN, el exfuncionario posiblemente desatendió las obligaciones y deberes contenidos en la Constitución Política y la ley estatutaria de la administración de justicia, pues se apartó de los principios propios sobre los cuales se edifica el servicio público, entre ellos la moralidad, al recibir dinero para realizar un acto contrario a sus deberes funcionales.

Las presuntas faltas fueron calificadas provisionalmente como gravísimas a título de dolo.

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