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Judicial

Mauricio Pava: “la extinción de dominio es un ejemplo de inseguridad jurídica”

Una acción popular le pondría límite temporal a esta figura

20 de agosto de 2019

Angélica Benavides


Canal de noticias de Asuntos Legales

La firma MPA Abogados lleva 20 años asesorando procesos de extinción de dominio. Ahora que una acción popular busca modificar este mecanismo, Mauricio Pava explicó en entrevista con AL la acción y la necesidad de proteger a los terceros de buena fe.

¿Por qué imponer una acción popular sobre extinción de dominio?
La política jurídica de extinción de dominio es muy importante para combatir patrimonios criminales, pero está llevándose por delante a los terceros y entidades que han vuelto productivos los activos inmobiliarios. No hay ninguna institución del Estado que le garantice al mercado lícito la seguridad sobre los bienes inmobiliarios en un país que ha tenido conflictos en los últimos 50 años.

¿Cuál es la propuesta?
Que el Estado le ponga un término que respete y la posibilidad de extinguir el dominio en favor de los terceros, así como decidir primero su derecho.

¿Qué plazo tienen las autoridades para determinar la extinción de dominio de un bien?
Son procesos imprescriptibles, en 30 años una autoridad puede determinar que alguno de los propietarios del inmueble tuvo problemas con la ley. Entonces la Fiscalía puede decir “al momento en que yo le certifiqué el bien, no sabía nada. Pero como ahora sí sé, entonces voy a iniciar un proceso”. Y estamos hablando de terceros, no de los directamente involucrados.

¿En esos casos no debería facilitarse comprobar que son terceros?
Así debería ser y en especial, la primera medida del Estado debería ser el reconocimiento de los terceros y su derecho ¿Quiénes son los terceros y cuál es su derecho de buena fe? Eso permitiría adelgazar los procesos y sacar personas de los procedimientos.

Los terceros de buena fe están de moda en el país ¿Cómo va el reconocimiento de esas figuras?
En este momento lo que ocurre en el país es la prueba de fuego para los modelos de cumplimiento empresarial. Solo si las autoridades reconocen su valor a la hora de asumir responsabilidades, se justificará la inversión que las empresas hacen en los mecanismos internos de control.

Si en materia empresarial no reconocemos los modelos de cumplimiento como un factor de exoneración de responsabilidad y de acreditar los terceros de buena fe, el mundo empresarial dejará de invertir en autorregulación y control.

¿Por qué hasta ahora llegamos a este punto?
En Colombia existe hace mucho en materia financiera y bancaria, relacionada con lavado de activo. Pero como le han relacionado corrupción, medio ambiente, datos personales, sindicatos, Ocde y temas empresariales, se ha intensificado su actividad.

Además están los medios de comunicación, redes sociales y demás, donde la información fluye con tanta rapidez y la reputación, la integridad moral y riesgo reputacional tienen cada vez más peso. Antes pasaban muchas cosas que se sabían al momento y nunca más se volvían a mencionar. Hoy lo que se conoce, queda por siempre con una huella digital.

¿El Estado debería tomar medidas adicionales?
Esto es de doble vía. Debe reconocerse que el esfuerzo y los modelos eficaces de cumplimiento traen ventajas a la hora de asignar responsabilidades. Eso motivará que las empresas cada vez inviertan más en prevención. En muchos casos corporativos, no se sabría lo que pasó de no ser porque los modelos de cumplimiento aseguraron la información, reportaron y levantaron la mano.

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