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Judicial

Ordenaron compulsa de copias contra la Fiscalía por entorpecer investigación de Santrich

La JEP también remitió el expediente a la Corte Suprema de Justicia

15 de mayo de 2019

José David Castilla


Patricia Linares Abogoda Bogota 18 septiembre 2017 Foto Daniel Reina Romero Revista Semana
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El magistrado Jesús Ángel Bobadilla presentó las razones que motivaron a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) para decretar la garantía de no extradición a Seuxis Paucias Olarte, alias Jesús Santrich. Según la sala "la aplicación de la garantía de no extradición se fundamentó en que la Sección no pudo evaluar la conducta para determinar la fecha precisa de su realización, dado que el Departamento de Justicia de EE.UU no remitió las evidencias solicitadas".

El magistrado también explicó que en las interceptaciones telefónicas remitidas por la Fiscalía tampoco se evidenció el acaecimiento del presunto caso de narcotráfico que le endilgan al exlíder guerrillero.

Por otra parte, anunció que las acciones de la Fiscalía para el desarrollo pleno de la investigación estuvieron en contra de las garantías procesales. Ante esta situación ordenaron la compulsa de copias para que la Judicatura investigue estos hechos.

La compulsa de copias

En la lectura del fundamento del fallo, la JEP sustentó la compulsa de copias porque "en el caso de Hernández, respecto de la declaración jurada del agente de la DEA Brian Witek se constataron serias irregularidades, por cuanto la Fiscalía General no aportó la solicitud de asistencia judicial que debía tramitar la autoridad extranjera y, al responderle a la JEP sobre ese requerimiento, justificó la ausencia de la asistencia judicial y del control judicial de las actuaciones de los testigos cooperantes, argumentando que estos intervinieron como particulares".

La Sala también dijo que las autoridades norteamericanas "pudieron violar las normas de cooperación internacional y de asistencia judicial" debido a que no enviaron las pruebas solicitadas para fundamentar la decisión. Con base en esto, también esgrimieron otro cargo para sustentar que la Fiscalía falló en sus deberes para "velar por el respeto de los derechos y las garantías fundamentales de los ciudadanos".

La siguiente fase del proceso

Este fallo no concluye la investigación de Jesús Santrich. En el fallo proferido por el tribunal de paz se explicó que la decisión únicamente se centra en la delimitación del período en el cual ocurrieron los hechos del caso. Sin embargo, como la sala no pudo definir con certeza cuándo pasaron los eventos, remitió el expediente a la Corte Suprema de Justicia y a la Sala de Reconocimiento de Verdad de la JEP para que determinen quién es el competente para estudiar los hechos.

En el comunicado de la decisión, "la sección de Revisión aclaró que la aplicación de la garantía no implica que la conducta se quede sin investigar (...) le compete a las autoridades nacionales definir si tienen competencia para investigar los hechos".

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