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Marcas

Mario Hernández consiguió oponerse al registro de MHM ante la Superintendencia

Teniendo los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca MHM

19 de septiembre de 2024

Laura Cuevas Sánchez

Signo Opositor

Signo Solicitante


Canal de noticias de Asuntos Legales

Gloria Estella Duque López se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca MHM para distinguir productos de las clases 25 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales hacen referencia a las prendas de vestir como gorras y vestidos.

Luego de la solicitud, Marroquinera S.A., dueños de la marca Mario Hernández, presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.

La parte opositora dijo que “producto del esfuerzo y los recursos humanos y económicos invertidos por Marroquinera S.A., se ha construido esta familia de marcas caracterizada por el elemento distintivo MH, que hace referencia al dueño de la empresa (Mario Hernández), como una estrategia de mercadeo para que, a partir de sus características, se genere una relación cada vez más inmediata entre sus productos / servicios y su origen empresarial. En efecto, este elemento común y sus rasgos característicos generan una impresión particularmente distintiva entre las demás marcas existentes en el comercio”.

LOS CONTRASTES

  • Eduardo CabreraSocio de Sergio Cabrera Abogados

    “Las letras no son de propiedad exclusiva de uno solo en el mercado. Sin embargo, la marca solicitada crea el mismo efecto de las marcas del opositor de que unava por encima y la otra por debajo”.

Mientras que la parte solicitante comentó que “es importante resaltar que, de acuerdo al amplio desarrollo jurisprudencial, las letras en sí mismas no son objeto de monopolio, es decir estas no son dadas en exclusiva; de hecho, lo que se da en exclusiva es el diseño de las mismas y, obviamente, todo el conjunto marcario. De lo anterior da cuenta lo que se puede evidenciar en la base de datos de la plataforma de la Oficina Virtual de Propiedad Industrial (Sipi), y que se trae a manera de ejemplo”.

La SIC dijo que “esta dirección encuentra que los signos enfrentados presentan semejanzas susceptibles de crear confusión o riesgo de asociación en el consumidor, por lo cual el consumidor no podrá relacionar los productos que cada uno de ellos identifica con un origen empresarial determinado. También, se estima que las semejanzas existentes entre los signos comparados son determinantes de confusión o asociación en el público consumidor”.

Teniendo los argumentos de ambas partes en cuenta, la Superintendencia de Industria y Comercio decidió negar el registro de la marca MHM, luego de que, en su análisis, encontrara que son visualmente confundibles y generan un riesgo de confusión en el consumidor.

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