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Legislación

"Posiblemente veremos integraciones en el mercado legal colombiano en el futuro"

El socio de Tannus & Asociados, Rodrigo Tannus, dijo que en este contexto se podrían dar integraciones para seguir vigentes

21 de agosto de 2020

Noelia Cigüenza Riaño


La República
Canal de noticias de Asuntos Legales

La firma boutique especializada en las prácticas laboral y migratoria Tannus & Asociados cumple cinco años en el mercado local en medio del covid-19. En entrevista con Asuntos Legales, su socio fundador Rodrigo Tannus, aseguró que en este contexto de pandemia se podrían dar integraciones entre los diferentes bufetes para poder seguir vigentes.

¿Cómo y cuándo nació la firma? ¿Cuántos abogados y socios tiene?
En medio de una transición laboral, tomé la determinación de iniciar el proyecto de Tannus & Asociados, una firma boutique de servicios legales especializada en las áreas de derecho laboral y migratorio en julio de 2015. Hoy, cinco años después, tenemos la fortuna de ser un equipo sólido y cohesionado de ocho profesionales, de los cuales tres son socios.

¿Cómo ve el panorama de las firmas boutique en el país, se podrían ver impactadas debido a la crisis por el covid-19?
El impacto de la pandemia no diferencia sectores, práctica legal o tamaños de empresas. Si bien, las firmas tienen que responder con premura a los difíciles retos que nos ha traído la pandemia, se debe pensar en objetivos de largo plazo, ya que esta situación pasará en algún momento.

Hoy más que nunca es momento de enfocarse en los clientes, estar actualizados, ser ágiles con las respuestas, proteger al equipo de trabajo y adoptar medidas de resiliencia en todos los niveles de la organización.

Con esto último quiero decir, que las firmas en general, no solo las boutique, podrán con miras a mantenernos vigentes, diversificar el portafolio e incursionar en nuevas prácticas o por qué no, pensar en una fusión o adquisición. Así que muy posiblemente veremos integraciones en el mercado legal colombiano.

¿Han pensado en la posibilidad de ampliar sus áreas de práctica con la celebración de sus cinco años?
Actualmente, prestamos servicios y asesoría ya sea a compañías locales y extranjeras, así como a firmas de abogados y proveedores de servicios migratorios globales. En los últimos años, hemos tenido la fortuna de haber sido reconocidos en las prácticas del derecho migratorio y laboral en Colombia por Chambers and Partners, The Legal 500, Who’s Who Legal and Best Lawyers.

No estamos cerrados a incursionar en otras prácticas, hemos estado evaluado diferentes opciones, pero por el momento no hay nada en concreto.

LOS CONTRASTES

  • Milton FonsecaConsultor migratorio de Tannus & Asociados

    “La determinación, constancia y trabajo en equipo han sido los pilares que han permitido a la firma boutique seguir prestando servicio a nuestros clientes en estos cinco años”.

¿Han aumentado sus asesorías con el covid-19? ¿Cuáles son las dudas legales que más les han llegado en este periodo de pandemia?
Hemos recibido diferentes consultas relacionadas con las medidas decretadas por el Gobierno en el marco de la emergencia sanitaria, tanto a nivel laboral como migratorio, y cómo estas impactan nuestros clientes. De manera específica, hemos visto gran interés en temas como: trabajo remoto, suspensión de contratos, protocolos de bioseguridad, programa de apoyo al empleo formal y para el pago de la prima, así como terminaciones de contratos.

En materia migratoria, por ejemplo, viabilidad de solicitud de visas y los nuevos requisitos para su expedición, tramitación de cédulas de extranjería, salvoconductos, permisos de ingreso y permanencia, términos en los procesos administrativos en materia de extranjería y protocolo de repatriación para nacionales colombianos y extranjeros.

¿Qué trámites se pueden hacer hoy en día en Cancillería y en Migración?
En este momento, es posible expedir visas ante Cancillería, pero por lo menos en Bogotá, todavía no es posible estamparla en los pasaportes, ya que no hay atención al público. Sin embargo, sí es posible expedir pasaportes colombianos con cita previa ante esta entidad.

Por su parte, Migración Colombia suspendió hasta el 31 de agosto del presente año, las solicitudes de trámites y servicios de algunos procesos que requieren de la presencia del extranjero, tales como: expedición de cédula de extranjería, prórrogas de permanencia, salvoconductos, expedición de certificados movimientos migratorios, entre otros. En este punto, considero importante poner en marcha planes de contingencia con la ayuda de las TIC, teniendo en cuenta que varios procesos de la entidad tienen avances por la implementación de herramientas y programas de tiempo atrás.

Los procesos represados por la pandemia son bastante numerosos y teniendo en cuenta las medidas de seguridad que deberán implementarse, las instalaciones físicas, así como el número reducido de funcionarios, podrán acarrear dificultades y demoras en los procesos tan pronto se reanuden la atención presencial.

¿Qué ocurre cuando una persona tiene que renovar su visa porque se le caducó en la cuarentena?
Si bien se ha mantenido la expedición de visas, los requerimientos en las solicitudes, en virtud del poder discrecional, han estado al orden del día, en algunos casos solicitando más requisitos de los habituales tales como: reportes de afiliaciones y aportes al sistema de seguridad social del extranjero en el registro único de afiliados, diplomas apostillados o legalizados, certificaciones laborales, seguros médicos con coberturas superiores a US$70.000 dólares, etc.

Si bien esto es permitido, la invitación es a hacer una revisión más juiciosa de cada solicitud, así como a considerar las especiales y difíciles circunstancias que vivimos en la actualidad, sin que esto signifique dejar de cumplir con los mínimos establecidos o evadir la ley.

¿Qué puede pasar con un extranjero al que la pandemia le tomó por fuera de Colombia? ¿Perdería vigencia su visa?
El Ministerio de Relaciones Exteriores decretó la suspensión del plazo para la terminación anticipada de la vigencia de las visas migrante y residente por ausentarse del territorio colombiano, hasta tanto permanezca vigente la emergencia sanitaria decretada por el Ministerio de Salud. En tal virtud, no perderían vigencia estas visas.

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