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Judicial

Procuraduría profirió cargos y suspendió a Superintendente de Subsidio Familiar

El Ministerio Público le profirió a Pérez Casas dos cargos disciplinarios calificados como faltas gravísimas cometidas a título de dolo

07 de noviembre de 2023

Carlos Jaramillo Palacio


Luis Guillermo Pérez Casas
Colprensa
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Este martes, la Procuraduría General de la Nación anunció que profirió pliego de cargos y suspendió provisionalmente por tres meses al superintendente de Subsidio Familiar, Luis Guillermo Pérez Casas. El motivo de la decisión del Ministerio Público son las modificaciones realizadas a la lista de elegibles para los cargos de director administrativo y agentes interventores de las cajas de compensación.

Además de esta decisión, el órgano de control profirió en su contra un segundo cargo disciplinario por solicitar a las cajas vigiladas un aporte en dinero para la población de Buenaventura, Valle del Cauca.

La suspensión provisional y el primer cargo se fundamentaron en que Pérez Casas habría modificado, sin justificación constitucional, legal o reglamentaria, la lista de elegibles mediante la variación de los requisitos inicialmente exigidos, con lo que fueron incluidas personas que no habían participado en la convocatoria realizada en mayo de 2022 o que no cumplían los requisitos mínimos para integrarla.

Esa situación, de acuerdo con la Procuraduría, le permitió designar a Juan Carlos Carvajal Rodríguez como director administrativo de la Caja de Compensación Familiar del Huila -Comfamiliar Huila-.

Para el Ministerio Público, el superintendente habría desconocido los principios de igualdad, legalidad, moralidad, entre otros, dado que disminuyó los requisitos exigidos en la convocatoria original con la finalidad de incluir nuevos aspirantes en la lista de elegibles, que era definitiva, obligatoria e inmodificable.

Entre tanto, sobre la solicitud de dinero a las cajas de compensación para ayudar a la población de Buenaventura, el órgano de control señaló que, independientemente del fin altruista, el funcionario no podía solicitar a las cajas vigiladas contribuciones distintas a las legalmente ordenadas por ley, es decir, para la administración de los recursos parafiscales con los que se financia el Sistema del Subsidio Familiar, el Sistema Nacional de Vivienda de Interés Social y el Sistema General de Seguridad Social en Salud.

Por esos hechos, la Procuraduría profirió dos cargos disciplinarios calificados como faltas gravísimas cometidas a título de dolo.

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