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Judicial

Requisitos que debería cumplir el fiscal ad hoc para caso Odebrecht

Red de veedurías pide que la persona nombrada no sea abogado litigante

30 de noviembre de 2018

José David Castilla


Canal de noticias de Asuntos Legales

Ayer, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia aprobó la ponencia para establecer la figura de fiscal ad hoc en el caso Odebrecht. Los magistrados votaron a favor de la ponencia presentada por Gerardo Botero y declararon fundado el impedimento de la vicefiscal María Paulina Riveros.

Con esta decisión, le corresponderá al presidente Iván Duque nombrar una terna de abogados especializados para escoger un nuevo fiscal que se encargará de dirigir la investigación penal en las 17 líneas que se desprenden de los casos de corrupción que involucran a la multinacional brasileña.

La decisión se tomó luego de que la Red Nacional de Veedurías presentara una solicitud para recusar a la vicefiscal Riveros. Pablo Bustos, autor del recurso, dijo que “la propuesta la realizamos porque evidenciamos que la complejidad en esta red de corrupción requiere una actualización dentro del proceso penal”. También aclaró que “nuestro sistema no está hecho para luchar contra este tipo de delitos”.

El artículo 242 de la Constitución establece los requisitos que debe cumplir una persona para ser nombrada fiscal. En esta situación, el nuevo servidor debe cumplir las mismas exigencias: ser un abogado, colombiano, con 15 años de experiencia y experiencia docente. Aunque la ley no exige que el funcionario pertenezca a la carrera judicial, varios sectores lo han solicitado.

“El fiscal debe cumplir tres requisitos para garantizar independencia. No debe ser litigante, Martínez y Montealegre nos demostraron que los conflictos de intereses no son buenos para el proceso penal. Tampoco debe tener alianzas políticas y debe ser alguien que tenga amplia experiencia profesional en la rama judicial”, dijo Bustos.

Gracias al principio de analogía, la elección del fiscal ad hoc surtirá el procedimiento ordinario para escoger al timonel del ente investigador. El Presidente deberá entregar una terna a la Corte Suprema para escoger a la persona encargada de dirigir las investigaciones.

LOS CONTRASTES

  • Pablo Bustos Director Red de Veedurías de Colombia

    “El fiscal que se nombre para el caso debe cumplir tres requisitos: no debe ser un abogado litigante, debe ser alguien alejado de los movimientos políticos y preferiblemente debe se alguien de la academia”.

  • Julio Sampedro Arrubla Decano Derecho Universidad Javeriana

    “En este caso, la figura del fiscal ad hoc es completamente necesaria, porque esto permitirá garantizar independencia a las investigaciones. Valga aclarar que, aunque no está en la ley, la figura es válida”.

El decano de derecho en la Javeriana, Jaime Sampedro, cree que la figura es vital para las investigaciones. “No existe impedimento frente a esta figura, esta opción brindará mayores garantías”, dijo Sampedro.

Debido la precariedad figura aún existen muchos interrogantes sobre las funciones y los casos que conocerá este nuevo fiscal. Aún no existe claridad si el funcionario destinado dirigirá las 17 líneas de investigación o solo las relacionadas con Corficolombiana y Grupo Aval. El otro punto en duda es el período de funcionamiento; no se ha determinado si el funcionario concluirá sus labores con el período del Fiscal o hasta que terminen las investigaciones.

Este es un nuevo paso para que las autoridades logren desentramar una de las redes de corrupción.

Antecedentes
El caso Odebrecht es uno de los escándalos de corrupción más grandes que se han presentado en Colombia en los últimos años. Dentro de la investigación se han visto involucrados congresistas, empresarios, exministros y personas jurídicas. Según pudo establecer la Fiscalía, la multinacional brasileña se encargaba de ofrecer coimas a las autoridades nacionales para obtener grandes contratos de infraestructura. Los contratos destacados en este escándalo fueron la Ruta del Sol II, Ruta Ocaña-Gamarra y Tunjuelo-Canoas.

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