Superindustria sancionó por $178 millones al Colegio Federación Colombiana de Optómetras
Organismo reveló que hubo conductas contrarias al régimen de libre competencia.
18 de diciembre de 2019El Colegio Federación Colombiana de Optómetras (Fedopto) fue multado por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) por $178 millones por conductas anticompetitivas en contra de los nuevos comercializadores de lentes de contacto de producción en serie por internet. Igualmente, nueve personas naturales fueron sancionadas por $55 millones. En total, las multas ascienden e $233 millones.
La investigación por parte del ente de control comenzó en 2014 debido a una denuncia anónima. De acuerdo con la SIC, las sanciones por este tipo de acciones en 2019 suman $238.000 millones. En este caso, Fedopto adelantó una serie de conductas contrarias al régimen de libre competencia.
specíficamente fueron violados los artículos 12 y 17 de la ley 256 de 1996 (actos desleales de descrédito e inducción a la ruptura contractual).
En este sentido, tanto la entidad como las nueve personas fueron sancionadas por la violación en ambos artículos. Es decir, la multa por violar el artículo 12 fue por $116 millones y por infringir el artículo 17 por $116 millones.
Una de las personas naturales sancionadas fue José Manuel Gómez Ojeda, expresidente y exrepresentante legal de Fedopto hasta 2016, quien fue sancionado por más de $10 millones. La SIC justifica estas medidas porque Gómez y los ocho restantes, en los que hay otros expresidentes y exmiembros de la junta directiva, autorizaron o toleraron las prácticas contra los nuevos comercializadores de lentes de contacto.
Según la SIC, Fedopto adelantó una estrategia anticompetitiva basada en falsa información y desprestigio respecto a la legalidad y riesgos para la salud que presentaban los lentes de contacto de producción en serie comercializados por internet. Además, buscó impedir u obstruir las relaciones comerciales entre los comercializadores de lentes de contacto por internet y ópticas tradicionales, distribuidores y fabricantes.
Por ejemplo, Fedopto difundió información imprecisa sobre la legalidad de la distribución de lentes de contacto de producción en serie por internet, algo que le compete al Invima, entidad que debido a varios derechos de petición señaló que nunca consideró como ilegal.
“No obstante, Fedopto buscó divulgar por diferentes medios la supuesta violación a la ley que se generaba con la comercialización de lentes de contacto por este nuevo canal no tradicional”, expresó la SIC.
Otra acción desleal que hizo Fedopto fue propagar información sobre supuestos riegos a la salud provocados por los lentes de contacto comercializados por internet. Esto a pesar de que conocía que estos eran los mismos lentes de contacto en venta en las diferentes ópticas tradicionales.
Ángela Maya, socia de Amaya Propiedad Intelectual, expresó que “la Superintendencia demostró que Fedopto realizó una serie de conductas de descrédito tendientes a divulgar -en redes sociales y entre los participantes del sector-información inexacta sobre la calidad e idoneidad de los lentes de contacto comercializados por internet.
Por otra parte, la Federación realizó conductas para romper lazos comerciales entre ópticas autorizadas en el mercado y los comercializadores de lentes por internet. Contra la decisión procede recurso de reposición ante el Superindustria.
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