Tribunal Superior realizó extinción por el abandono y falta de vigilancia de un predio
Este caso comenzó en enero de 2013, cuando los vecinos denunciaron que la propiedad se estaba utilizando para el consumo y venta de drogas.
11 de abril de 2025
El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, a través de su Sala de Decisión Penal de Extinción del Derecho de Dominio, confirmó la extinción del derecho de dominio sobre un inmueble en Popayán. Esto se decidió tras comprobar que el lugar se utilizó para actividades ilícitas y que sus propietarios no cumplieron con su deber de vigilancia.
El inmueble está registrado a nombre de María Dolores Acosta Burbano y su difunto esposo, Evelio Hernández Mellizo. La decisión, que se emitió el 24 de mayo de 2024, se fundamentó en la causal quinta del artículo 16 de la Ley 1708 de 2014, que establece que se puede extinguir el dominio de un bien si se usa como herramienta para cometer delitos.
En su fallo, el Tribunal subrayó que el abandono y la falta de vigilancia facilitaron el uso del inmueble para fines ilícitos, lo que va en contra de la función social de la propiedad en un Estado de Derecho. Además, recordó que el derecho de dominio no es absoluto y puede perderse si el propietario permite o no evita su uso para actividades delictivas.
Este caso comenzó en enero de 2013, cuando los vecinos denunciaron que la propiedad se estaba utilizando para el consumo y venta de drogas. El 9 de abril de 2016, durante un allanamiento ordenado por la Fiscalía, se encontraron 39,7 gramos de cannabis y 7,2 gramos de cocaína, además de otros elementos relacionados con el tráfico de estupefacientes. En esa operación, fueron detenidos Evelio Hernández Mellizo, John Deivar Hernández Acosta y Diana Marcela Hoyos Astaiza, quien es hijo de los propietarios y aceptó cargos por tráfico de drogas.
La defensa impugnó la decisión, alegando irregularidades en el proceso, como la falta de notificación a todos los herederos, y argumentó que las sustancias eran para consumo personal. Sin embargo, el Tribunal desestimó estos argumentos, afirmando que se respetaron los derechos procesales y que las pruebas mostraron el uso constante del inmueble para actividades ilegales, sin que los propietarios ejercieran control alguno.
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