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OPINIÓN

Fin de contrato

09 de diciembre de 2019

Andrés Charria

Fundador de Tres Puntos Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

Con campeón, ascendidos, descendidos, equipos para torneos internacionales termina la temporada colombiana, esto implica que muchos jugadores finalizan sus contratos de trabajo y esto implica varios aspectos.

Ya se ha dicho varias veces que los contratos de trabajo de los jugadores profesionales de fútbol en Colombia deben ser a término fijo y generalmente terminan el 31 de diciembre o a mitad de año el 30 de junio. Las dinámicas de los contratos a término fijo implican ciertas obligaciones para los clubes empleadores y jugadores trabajadores; necesarias para evitar problemas o imprevistos.

Lo primero es el envío de comunicaciones para prorrogar o no el contrato de trabajo, el Código Sustantivo de Trabajo permite a las partes la renovación tácita del contrato, si ninguna de las partes manifiesta su intención de terminarlo con al menos 30 días de anticipación a la expiración pactada. Es decir, que ante el silencio, se entiende que el contrato se renueva de manera automática; por el contrario, si el jugador quiere quedar libre debió en enviar carta de no renovación igual, si el club no desea continuar con determinado jugador, debería haber enviado el preaviso.

Una vez decidido lo anterior, se deberán hacer varias actividades necesarias para evitar problemas posteriores; la primera y sobre todo, la más importante, debe ser el examen médico de finalización de contrato de trabajo, los clubes deben hacer un examen exhaustivo de los jugadores que se retiran para evitar o al menos cubrir el riesgo de una tutela por estabilidad laboral reforzada, esto le permite al club indicar que no termina, o siendo más exactos, no renueva el contrato por razones puramente deportivas y no por que el jugador tiene algún problema médico que es la razón principal para que los jueces a través de tutela amparen la estabilidad laboral reforzada del jugador.

Es importante también hacer todas las diligencias propias de finalización de un contrato de trabajo, vacaciones, prima cesantías e intereses a las cesantías deben ser liquidadas y pagadas para evitar problemas posteriores, igualmente la autorización para el retiro de las cesantías que se encuentran consignadas en los fondos de cesantías; y certificar como no, el contrato que se extingue. La movilidad de los jugadores profesionales de fútbol implica igualmente cancelar los gastos de movilización a su lugar de origen; tanto del jugador, como de su familia y su menaje, obligación indicada no solo en la legislación colombiana sino en los reglamentos Fifa y jurisprudencia.

Hay algunos aspectos que son prácticamente leyenda urbana pero que siguen manejándose en Colombia, el tan desagradable paz y salvo que algunos equipos exigen para firmar un nuevo contrato y que los jugadores le solicitan a sus clubes. Este documento nunca lo he entendido, quien debería expedir un paz y salvo es el jugador pues generalmente son los clubes quienes quedan adeudando dinero a los jugadores. Este documento es una fuente de problemas y disputas que no tienen sentido y que ninguna norma exige.

Desde el punto de vista deportivo, los jugadores que fueron recibidos en préstamo deben volver a sus equipos de origen y los equipos deberán, a partir del 1 de enero de 2020 enviar realizar la transferencia de regreso, bien sea nacional o internacional.

Es bueno terminar el contrato de trabajo de manera adecuada, no para “dejar las puertas abiertas” tema al que no le creo mucho, sino para evitar problemas posteriores que le costarán mucho dinero a los clubes e inconvenientes a los jugadores.

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