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OPINIÓN

Paso del tiempo y sistema de justicia

05 de septiembre de 2019

Carlos Fernando Guerrero Osorio

Abogado, consultor y docente universitario en temas de corrupción

Canal de noticias de Asuntos Legales

Los ánimos a favor y en contra de la libertad de personas investigadas se exacerbaron en los últimos días por el vencimiento de términos en casos de connotación mediática. Sin embargo, aunque parezca obvio decirlo, la libertad de personas que enfrentan un juicio penal es una cuestión del día a día del sistema, por lo que, ver el vencimiento de términos como un escándalo y sin comprender la situación estructural y de principios de fondo, lleva a propuestas facilistas, populistas e ineficientes para el asunto.

En términos básicos, cuando una persona enfrenta un proceso penal sin que todavía se le haya condenado, sencillamente es inocente, no se puede afirmar su culpabilidad. En ese sentido, así como parece lógico que una persona responsable de un delito vaya a prisión, también lo es que quien es inocente, quien no ha sido condenado, goce de su libertad. Por eso, solo excepcionalmente, bajo ciertas razones específicas definidas en la ley, una persona investigada puede ser privada de su libertad aunque sea inocente. Y así como la prisión de una persona condenada no es indefinida, pues mucho menos podría serlo la de una persona que, aunque investigada penalmente, es inocente: por eso existen unos términos específicos en los procesos penales, que exigen que marchen a cierto ritmo, para evitar que una detención preventiva parezca más una sanción que la propia condena penal.

Ahora bien, por supuesto que el sistema de justicia penal de un país existe con algún propósito: al menos hay que aceptar que de su éxito depende en buena medida el respeto por el estado de derecho, la vigencia de las normas. No en vano, por ejemplo, el índice Rule Of Law del WJP Project, que básicamente clasifica a 126 países según la percepción que expertos y público en general tienen sobre el funcionamiento del estado de derecho en cada país, tiene como uno sus variables de estudio la eficiencia del sistema penal. Colombia ocupa el puesto 80 y la peor variable para el país es el sistema de justicia penal: en este indicador estamos por debajo de la media mundial y de la latinoamericana. En otros términos, no podemos quedarnos satisfechos con que los procesos no avancen y que quede la constante sensación de ineficiencia del sistema por cuenta de los rutinarios vencimientos de términos.

¿Cuál sería entonces el camino? Desde luego que no es ‘ampliar los términos de excarcelación’ como ya los tradicionales buscadores de aplausos y votos lo han propuesto. No solo dudo de la constitucionalidad de esta facilista solución, sino que desconoce el verdadero problema que hay detrás de la excarcelación por vencimiento de términos: la excesiva duración de la administración de justicia en resolver un caso y las causas de ésta. Es igualmente facilista y superficial responsabilizar a los servidores judiciales por las demoras, sin siquiera comprender lo complejo que es el proceso penal y los retos que deben sortear los distintos participantes de éste.

Así, considero que la respuesta a la tardanza de la justicia penal implica varias modificaciones normativas. Entre otros, aunque quizás utópico en el estado actual de expansión del derecho penal, ya es hora de que el Código Penal deje de crecer y empiece a reducirse. Es ineficiente, por decir lo menos, que el sistema penal se ocupe de temas que son de conocimiento de otras autoridades; me gustaría ver a más fiscales y jueces trabajando en casos de verdadera criminalidad y no en riñas callejeras, incumplimiento de obligaciones dinerarias de alimentos o injurias y calumnias. También debe revisarse muy bien que etapas y pasos del proceso penal son realmente farragosas e inútiles, sin contribuir a la protección de derechos de las víctimas o de los procesados. Por ejemplo, la eliminación de la audiencia de imputación, como se hizo para el proceso penal abreviado, debería también hacerse en el proceso penal ordinario. En últimas, la solución a las varias libertades por vencimiento de términos no es alargar la privación de la libertad, sino lograr que el sistema penal sea realmente más rápido y eficiente.

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