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OPINIÓN

El braille en el día de los derechos humanos

11 de diciembre de 2021

Carlos Parra Dussan

Director General Inci
Canal de noticias de Asuntos Legales

Teniendo en cuenta que el 10 de diciembre se conmemora el Día Internacional de los Derechos Humanos, según la Resolución 423 de Naciones Unidas, quiero hacer un recuento de cómo estamos trabajando para que el braille y la lectura para ciegos se constituyan en un verdadero derecho humano.

El Instituto Nacional para Ciegos (Inci) viene trabajando en el desarrollo jurídico del braille en el país, con el fin de reglamentar su uso y estandarizar su escritura. Por esta razón, el pasado 3 de diciembre hicimos la premiación del Cuarto Concurso Nacional del Cuento en Braille, con el doble propósito de incentivar el uso del sistema de lectoescritura braille y conmemorar el Día Internacional de las Personas con Discapacidad.

La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por Colombia por la Ley 1346 de 2009, señala en su artículo 2 que el braille es un medio de comunicación para las personas ciegas.

De otro lado la Corte Constitucional ha defendido el uso del braille en tres ocasiones: la primera en la Sentencia T-473 de 2003, señalando que a los invidentes que saben leer braille, se les debe permitir votar haciendo uso de este sistema.

La segunda vez que hablo del braille fue en la Sentencia T-487 de 2003, permitiéndoles a las personas con discapacidad visual ejercer su derecho fundamental al voto de manera autónoma y en secreto; y la tercera oportunidad fue en la Sentencia T-551 de 2011, que exhortó a la Universidad del Magdalena a garantizar el derecho a la educación desde una perspectiva de accesibilidad, con la adecuación de las pruebas y los sistemas de evaluación en braille.

En este sentido, tenemos cinco frentes de trabajo abiertos en este momento, de manera paralela, ya que son con entidades diferentes con competencias distintas.

El primer grupo de trabajo que encontramos es el de la reglamentación del Acuerdo 764 del Concejo de Bogotá, que junto con el Instituto Nacional para Ciegos (Inci), la Secretaría de Salud de Bogotá y desde luego con el Concejo de la ciudad buscan reglamentar este Acuerdo, para que sea una realidad en el Distrito tener los medicamentos en Braille para la población con discapacidad visual.

El segundo grupo de trabajo es el que se tiene con Andigraf que representa la industria gráfica en Colombia, con el fin de aprobar un documento genérico que contemple las normas técnicas de impresión del braille en los envoltorios de los medicamentos, aspectos como la distancia entre los puntos del braille, la altura del punto y determinar las zonas del envoltorio donde se debe escribir el braille.

El tercer grupo lo está dirigiendo Icontec, con el propósito de aprobar la norma técnica colombiana para la impresión del braille en los medicamentos, con la base de la norma ISO, como estándar internacional. Este grupo cuenta con la participación activa del Instituto Nacional para Ciegos (Inci) como autoridad del braille en Colombia y con otros actores importantes.

El cuarto grupo de trabajo es sobre la reglamentación del braille en el Congreso de la República, pues ya se han tenido seis proyectos de ley del braille sin aprobar, por lo que esperamos que el último radicado en la Corporación, el 035 Cámara 2020, por fin lo apruebe el país para los dos millones de colombianos con discapacidad visual.

El quinto y último grupo, pero no menos importante, es el que dirige el Sena, con el fin de crear un curso de braille en esta entidad, para certificar en estas competencias, para contratar personas como correctores de braille, dándole oportunidades laborales a las personas con discapacidad visual.

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