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OPINIÓN

Abogados: ¡Bienvenidos al futuro!

18 de marzo de 2017

Christian Pérez Rueda

Socio – Resolución de Controversias y Reorganización Empresarial de Lloreda Camacho & Co

cperez@lloredacamacho.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

¿Qué tiene que ver esto con los abogados? El estereotipo del abogado generalmente se relaciona con alguien solemne, formal, vestido de sastre y, fundamentalmente, amante del papel, del lenguaje adornado y reacio al cambio.

En la película “Volver al Futuro II”, recordarán que el protagonista Marty McFly viajó desde el año 1985 al futuro: el año 2015. Si bien no todas las proyecciones de la película existen, muchas ya son una realidad. El futuro es HOY. Como abogados y “millennials” debemos llevarlo a los pleitos que se ventilan ante Juzgados y Tribunales civiles.

La experiencia en arbitraje y en litigios ante Superintendencias, nos ha enseñado que pueden radicarse demandas y en general escritos por e-mail, recaudarse pruebas y llevar a cabo audiencias vía Skype, grabarlas en formato audiovisual, almacenar parte del expediente digitalmente, e inclusive, de buena fe y con lealtad procesal, los abogados pueden remitirle en formato Word sus escritos a los árbitros, secretarios o autoridades judiciales, e inclusive a sus contrapartes.

¿Por qué no es esto tan visible en los litigios ante Juzgados y Tribunales civiles? Las razones varían. En primer lugar, y en su defensa, por falta de infraestructura y recursos económicos para tal fin. 

Comencemos porque actualmente rige para la mayoría de procesos civiles el “nuevo” Código General del Proceso (“CGP”) promulgado por medio de la Ley 1564 de 2012 (próximo a cumplir 5 años), que por distintas disposiciones legales y dificultades prácticas solo entró a regir en el año 2016 -y sigue en implementación-. 

El CGP introdujo disposiciones sobre “Justicia Digital” que hacían mucha falta y que constituyen, en el papel, un gran avance (ver: Arts. 37, 39, 42.14, 89, 103 y ss. del CGP). Sin embargo, a la vez impuso un reto enorme: ¿Cómo aplicar la justicia digital, si el Estado aún no provee la infraestructura tecnológica ni los recursos económicos para tal fin?

Pero el problema no solo es la falta de recursos sino también de mentalidad, pues tanto jueces como litigantes aún no vemos a la tecnología como una aliada, sino como la dimensión desconocida. También, porque seguimos creyendo que sin papel físico es más fácil alterar escritos y evidencia de manera digital, cuando la realidad es que hoy en día peritos informáticos fácilmente pueden detectar cualquier anomalía -más fácil que con el papel-.

Empecemos con pasos pequeños: hoy en día la mayoría de Juzgados tienen asignada una cuenta de correo electrónico oficial pero se niegan a recibir memoriales en procesos civiles. Podemos comenzar por aceptar la radicación de memoriales vía e-mail, pues la Ley 527 de 1.999 y el mismo CGP (art. 122) lo permiten. Si un inconveniente es la falta de recursos para imprimir y almacenar el mensaje de datos y sus anexos, las partes podemos acordar radicar los documentos físicos y una copia en DVD dentro de un término razonable para agregarlo al expediente.

No tenemos que cambiar el presupuesto de la Nación. Solo comenzar a cambiar el “chip” y avanzar. 

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