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OPINIÓN

El aseguramiento de la responsabilidad civil

16 de agosto de 2017

Christian Pérez Rueda

Socio – Resolución de Controversias y Reorganización Empresarial de Lloreda Camacho & Co

cperez@lloredacamacho.com
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Todos, sin excepción, estamos expuestos bien sea a sufrir daños o a causárselos a terceros. Estos daños pueden ser de diversa índole y la víctima tiene derecho a su resarcimiento integral. Es siempre recomendable contar con un seguro de responsabilidad civil y conocer cómo hacer una reclamación en caso de ser víctima de un daño.

¿Qué se requiere para que una persona sea declarada civilmente responsable?
Clásicamente, se requiere que confluyan tres elementos: 1) Un hecho dañoso (p.e. negligencia, imprudencia, actividad peligrosa); 2) Un daño (físico, psicológico, patrimonial, etc.); y, 3) un nexo de causalidad entre el hecho y el daño.

¿Qué son los seguros de responsabilidad civil?
Se trata de seguros por medio de los cuales una persona natural o jurídica cubre con una aseguradora los perjuicios de los que pueda ser civilmente responsable, derivados de daños que haya infligido a terceros tanto por acción como por omisión.

¿A cuánto puede ascender el monto de una indemnización?
Depende de diversos factores subjetivos en cada caso, tales como la gravedad y el tipo de daños sufridos por la víctima y/o sus familiares, nivel de ingresos de la víctima, así como la jurisdicción en la que curse la demanda. Generalmente se toman como referencia los criterios y topes de las altas cortes, pero, al final, el juez de cada caso tiene plena libertad para determinar el monto según su criterio.

¿Qué cubre un seguro de responsabilidad civil?
Por regla general cubre perjuicios patrimoniales, que son de dos tipos: 1) daño emergente, que son los gastos (pasados y futuros) incurridos como consecuencia del hecho dañoso; y, 2) el lucro cesante, que consiste en las utilidades (pasadas y futuras) dejados de percibir por la víctima con ocasión del hecho dañoso.
Pueden cubrirse por pacto expreso perjuicios extrapatrimoniales, tales como el daño moral, daño a la vida en relación, daño a la salud, etc. También pueden asegurarse daños ocasionados por culpa grave, pero no por dolo, pues éste es inasegurable.

¿Cuál es el límite de la responsabilidad de la aseguradora?
Al tratarse de un seguro, la responsabilidad de la aseguradora solo llega hasta el valor asegurado contratado, por lo que si el valor de la indemnización es mayor, el asegurado deberá pagar el excedente. No obstante, tenga en cuenta que este seguro también cubre los gastos de defensa dentro del proceso judicial respectivo, inclusive en exceso de la suma asegurada.
El otro límite, por supuesto, son las coberturas contratadas y las exclusiones de la póliza.

¿Cómo reclamar si usted es víctima de un daño y el victimario tiene asegurada su responsabilidad civil?
Los beneficiarios principales del seguro de responsabilidad civil son los “terceros afectados”. Por este mismo carácter, el Código de Comercio les otorga a las víctimas una acción directa en contra del asegurador para que les indemnice los perjuicios ocasionados por el asegurado, lo que supone tener línea directa para reclamarle a una entidad solvente y especializada.
Por desarrollo jurisprudencial, como víctima cuenta con cinco años para formular el reclamo, correspondientes a la prescripción extraordinaria de las acciones derivadas del contrato de seguro.

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