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OPINIÓN

Resolución de disputas ¿en el Metaverso?

23 de marzo de 2022

Christian Pérez Rueda

Socio – Resolución de Controversias y Reorganización Empresarial de Lloreda Camacho & Co

cperez@lloredacamacho.com
Canal de noticias de Asuntos Legales

Ahora que tengo su atención, ¿por qué debemos hablar del Metaverso? El 28 de octubre de 2021, Mark Zuckerberg anunció una visión que está pensada para los próximos cinco a 10 años, donde las personas podremos interactuar en un mundo virtual, como si estuviéramos allí, a través de representaciones de nosotros mismos en 3D llamados avatares, comunicándonos con lenguaje tanto verbal como no verbal, principalmente a través de la realidad virtual (“VR”) y de la realidad aumentada (“AR”).

El concepto nació en una novela de ciencia ficción en 1992, pero da sus primeros pasos para convertirse en una realidad. Comencemos por mencionar que las inversiones de Meta (antes Facebook) en su división Reality Labs, encargada de fabricar elementos para el Metaverso como visores de VR (p.e. Oculus), fueron de US$10.300 millones en 2021 y se espera que continúen aumentando en los próximos años.

Pero el Metaverso no es uno solo ni es exclusivo de Meta. Como lo señaló el New York Times a finales de enero de 2022, el Metaverso fue una de las razones que expuso Microsoft para adquirir Activision Blizzard -desarrollador de videojuegos- por más de US$68.000 millones.

Por su parte, Google y otros gigantes de Silicon Valley llevan años trabajando en tecnologías de AR y VR. Si bien la ambiciosa e inmersiva visión está aún en desarrollo, ya existen elementos sociales del Metaverso en los videojuegos, por ejemplo, en Fortnite y también fue anunciada la segunda generación de PlayStation VR para la PS5.

Asimismo, existen compañías de la industria de la moda vendiendo ropa para avatares en entornos digitales. Por otro lado, un estado como Barbados, en diciembre de 2021, anunció la creación de una embajada en Decentraland, un Metaverso donde es posible comprar y vender tierra virtual por medio de criptomonedas. Estas porciones de tierra virtual son parte de lo que se conoce como tokens no fungibles (“NFT”), un concepto que ha ganado fama para referirse al arte digital.

¿Y qué tiene que ver el Metaverso con la solución de conflictos? Este nuevo universo alternativo viene con innumerables retos y, a su vez, oportunidades de negocio. La creatividad será la clave para operar y no para interponerse a un mundo que desafía el statu quo y que anda a un ritmo avasallante, más rápido que el derecho.

El concepto mismo de propiedad tendrá que reevaluarse, por ejemplo, tratándose de NFT y cómo proteger a sus dueños. También surgen interrogantes en materia de datos personales, competencia, propiedad intelectual, impuestos, seguridad, entre otras materias.

Existen dudas sobre cómo regular las interacciones entre los usuarios, inclusive penalmente, ante el primer caso reportado de acoso sexual a un avatar en el Metaverso, tratándose de una proyección digital de la persona física del usuario.

Igualmente, en materia de solución de conflictos, ya se están haciendo pruebas “beta” para la realización de audiencias de conciliación y de arbitraje en el Metaverso, como una evolución, con sensaciones de presencialidad, de las útiles pero distantes videollamadas. ¿Qué tal crear áreas de práctica jurídica en el Metaverso?

En 2008 nació el bitcoin y la mayoría no lo tomamos en serio a tiempo. ¿Será esta una nueva oportunidad?

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