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OPINIÓN

Estrategia nacional de lucha contra la corrupción ¿Camino a la transparencia?

08 de junio de 2024

Gilberto Estupiñán Parra

Socio de Parra, Estupiñán y Duque Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

En las últimas semanas el gobierno nacional publicó el borrador de decreto “Por medio del cual se establecen los lineamientos de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Corrupción y se reglamentan las subcomisiones de la Comisión Nacional de Moralización.”

El sólo anuncio del borrador genera cierto optimismo, pues se tocan temas sensibles como la lucha contra la corrupción. No obstante, al revisar el decreto, surgen más dudas que certezas respecto al propósito de lograr una ejecución transparente de los recursos públicos.

Esta iniciativa pretende trabajar sobre diferentes líneas de acción. La primera de ellas reitera la obligación de brindar el detalle de la información contractual de cada entidad, olvidando que la misma ya se encuentra reflejada en el Sistema Electrónico de Contratación Pública-SECOP, gracias al artículo 24 de la Ley 80 de 1993. Del mismo modo, se prevé la obligatoriedad de realizar continuas auditorías forenses en las entidades del Estado, reiterando lo previsto en el artículo 269 de la Constitución.

Adicionalmente, otra de las líneas replica la obligación de las entidades de verificar el cumplimiento de los requisitos de los proponentes con base en la información disponible por las cámaras de comercio (6.1 de la Ley 1150 desde el año 2007).

Así las cosas, las líneas de acción resultan ser la reiteración de normas ya existentes y no generan un mayor desarrollo en materia de transparencia. En ese sentido, en lo referente a la contratación pública, cabe llamar la atención sobre algunos de los puntos con los que el gobierno podría desarrollar una mejor estrategia anticorrupción.

En primer lugar, se debe propender por la participación plural de oferentes en los procesos de selección, realizando procesos de selección con reglas claras que permitan la consecución de la mejor propuesta, para alcanzar los fines del Estado. A pesar de la relevancia de este asunto, en los lineamientos no se encuentra nada que se encamine a tal punto y, en su lugar, otras políticas del Gobierno han deslegitimado la participación plural de oferentes, como ocurrió con el artículo 100 del Plan Nacional de Desarrollo, donde se previó que las Entidades Estatales pueden celebrar directamente contratos hasta por la mínima cuantía con personas naturales o entidades sin ánimo de lucro que hagan parte de la economía popular.

Asimismo, conviene que el gobierno continúe avanzando en la implementación de pliegos tipo con otros objetos, situación sobre la que no se han visto avances desde el año 2022. Otro de los puntos, debería ser la continuidad y la construcción de nuevos acuerdos marco de precios. Se tiene claro que su principal objetivo es generar mayor valor por dinero en la contratación, no por ello, se puede desconocer su incidencia en materia de transparencia.

Todo esto deja claro que con este borrador de decreto el gobierno aún se encuentra en deuda frente a las políticas públicas de transparencia en la contratación, debería reconsiderarlo. Es evidente, como aquí se ha expuesto, que avanzar requiere que se construya sobre lo construido, pero ello no implica replicar normas existentes. Combatir la corrupción es un asunto de todos, debemos encaminar verdaderos esfuerzos para lograr los mejores resultados.

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