Ha sido calificado por diversos sectores como un crimen de Estado, y clara manifestación “depredadora” a las corrientes de pensamiento adverso de quienes detentan el poder, hoy estamos a escasos 3 meses de la prescripción de la acción penal en este asunto, y parece poco importar.
En el ordenamiento interno se han presentado sin éxito varias acciones judiciales, entre ellas acciones de tutela, solicitudes al ente investigador, declaraciones como nuevos hechos, entre ellas la de exjefes de la mafia del norte del Valle; este año se cumplen los veinte años del magnicidio, veinte años en donde poco o nada ha sucedido dentro de los anaqueles judiciales, y donde cada día se acerca el velo de impunidad en este nefasto hecho, la sociedad requiere acceso a la administración de justicia real y efectivo, como también pronto y cumplido; ¿si hay esfuerzos para buscar la paz con el terrorismo porqué no buscarla de la mano con la justicia?
La paz como la justicia no pueden ir por caminos diferentes, la necesidad de justicia en este asunto no es solo del resorte de la sociedad, también es de las víctimas que tienen todo el derecho a tener un debido proceso, a la verdad a la justicia y a la reparación, proceso que de no declararse este delito de lesa humanidad, ira al traste, la necesidad de evitar la prescripción no es un capricho, es un pleno derecho de las víctimas y de toda la sociedad para demandar un principio fundamental de la justicia: la plena garantía de no repetición de este tipo de crímenes, el cual se articuló y ejecuto por la posición de Gómez Hurtado en su calidad de periodista.
Las posiciones en sus columnas a mediados de los años 90, eran recias, verticales, nutridas con gran objetividad, desde luego de orientación critica a lo que el denomino el “régimen”, asunto que desde el espíritu de sus expresiones no era circunscrito solo un gobierno, sino a las “clases dominantes” nutridas el fenómeno del narcotráfico, el mismo exministro de defensa Fernando Botero calificó este delito como un crimen de Estado.
Son muchas las dudas que caben del porque no se declara el crimen de Gómez Hurtado como de lesa humanidad y a quien o quienes beneficiaria que el próximo 2 de noviembre prescriba la acción penal.
Es lamentable que nuestro catálogo interno en materia penal, no exista suficiente ilustración o criterios expeditos por principio de legalidad, en los cuales se debe declarar un delito como de lesa humanidad, lo deja única y exclusivamente en remisión a normas de índole internacional.
A diferencia del derecho chileno que incorpora en su catálogo penal interno, aspectos comunes con el derecho internacional, pero también plantea roles, exigencias y aspectos que hacen mucho más sencillo el procedimiento de declaración de un delito de lesa humanidad; por lo pronto me remito a una frase del autor del principito: “si queremos un mundo de paz y de justicia hay que poner decididamente la inteligencia al servicio del amor”.
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