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OPINIÓN

APP sociales: oportunidad de desarrollo

18 de noviembre de 2023

Canal de noticias de Asuntos Legales

Las asociaciones público-privadas (APP) de infraestructura social son aquellas que buscan aumentar el capital social de una comunidad y mejorar el acceso a servicios de mayor calidad, en centros educativos, de salud, deportivos, culturales, defensa, penitenciarios y edificaciones públicas, entre otros.

Si bien es innegable la importancia de estos proyectos, por vía de APP ha sido más frecuente el desarrollo de proyectos de transporte, sin que ello implique que no hayan existido iniciativas sociales dignas de ser replicadas.

En relación con las APP sociales, es pertinente resaltar que han sido Bogotá y Medellín, como entidades territoriales, las pioneras en abordar proyectos de esta naturaleza, como son los casos emblemáticos del Hospital de Bosa y la Cárcel de Sindicados.

En efecto, el Hospital de Bosa, contratado en 2020 bajo la modalidad de APP por la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, se proyecta como un gran ejemplo en materia de infraestructura de salud al buscar mejorar la eficiencia y la oportunidad en la prestación de servicios de salud a los habitantes de Bosa, Kennedy, Puente Aranda y Fontibón. Igualmente, Medellín también ha optado por las APP en el desarrollo de infraestructura social. Un ejemplo es la Cárcel de Sindicados, recientemente contratada por la Agencia para la Gestión del Paisaje, el Patrimonio y las Alianzas Público-Privadas de la alcaldía de esta ciudad. Este proyecto es la primera infraestructura social carcelaria del país que será construida mediante APP y tendrá la capacidad de albergar a 1339 personas en condiciones de dignidad.

A nivel nacional y como apoyo a las entidades territoriales, el Departamento Nacional de Planeación ha venido apoyando la estructuración de proyectos de APP sociales utilizando las mejores prácticas en estructuración y gestión de proyectos. Sin embargo, estos proyectos no han tenido el impulso requerido para que se logre cumplir con todas las etapas de aprobación que exige la ley 1508 de 2012. Este hecho podría suponer un llamado para revisar la regulación y considerar ajustes que faciliten el desarrollo de estas iniciativas, como ya ocurrió con las APP de infraestructura de transporte, que, por su relevancia nacional e interés para la economía del país, han logrado que las instituciones involucradas se unan para convertir los proyectos en realidad.

Aunque es innegable el impacto favorable que generan las APP de iniciativa social, estas siguen implicando un reto para las entidades estructuradoras porque la regulación existente no se ajusta a la particularidad propia de los proyectos.

Surge, por lo tanto, una alarma para que, tras la expedición del Plan Nacional de Desarrollo (la norma que asignó nuevas competencias para el impulso de infraestructuras sociales), se piense en flexibilizar ciertos requisitos que hoy son un 2 obstáculo en su implantación, como son, por ejemplo, los montos asociados a las Unidades Funcionales y las reglas para acceder a la retribución.

Generar mejores condiciones jurídicas y financieras para el desarrollo de infraestructuras sociales permitirá mejorar las condiciones de vida de la población colombiana al mismo tiempo que se contribuirá a dinamizar la economía del país y, especialmente, el sector de la construcción que tantos empleos produce.

Por lo anterior, aunque es innegable el éxito del esquema de APP, sería adecuado pensar en la necesidad de considerar por sector ciertas excepciones, o particularidades, para contribuir al desarrollo de estructuraciones robustas que despierten el interés de inversionistas, constructores y financiadores.

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