A raíz de la reciente radicación del Proyecto de Reforma Laboral, y de las latentes preocupaciones dentro de los gremios de nuestro país, el actual gabinete ministerial del trabajo reconoció que su principal objetivo no era la generación de empleo, sino mejorar las condiciones laborales de los trabajadores, garantizándoles una estabilidad laboral real. No obstante, vale la pena analizar esta finalidad desde la realidad de la industria del fútbol, toda vez que, de aceptarse el proyecto de reforma, se estaría generando el efecto contrario.
Recordemos que uno de los principales cambios que traería la reforma es que la regla general será el contrato de trabajo a término indefinido y que, para celebrar un contrato a término fijo, se deberá especificar la necesidad temporal que se pretende atender, o de lo contrario, si el contrato tiene por objeto satisfacer necesidades permanentes del empleador, como, en efecto, ocurriría en el caso de los futbolistas, el contrato se entenderá celebrado a término indefinido.
Ahora bien, en la industria del fútbol, la realidad es que los resultados y los logros deportivos determinan la permanencia de los jugadores y cuerpo técnico en un equipo. Esta realidad, sumada a la imposición de una modalidad de contratación más laxa, en términos indemnizatorios, como el contrato a término indefinido, implicaría facilitarles a los clubes, que no hubieran obtenido buenos resultados, la posibilidad de terminar los contratos de los jugadores, en un menor tiempo y a un costo mucho más bajo. Es decir, se estaría contrariando supuesta la finalidad de la reforma de garantizar una estabilidad real.
Adicionalmente, esto también resultaría menos beneficioso para los trabajadores, ya que el hecho de estar vinculados mediante contratos a término fijo ha representado una protección adicional que hace que sus empleadores se replanteen la posibilidad de terminarlos anticipadamente, y sin justa causa, por el monto de la indemnización que estarían obligados a pagar (valor de los salarios por el tiempo que falte para cumplir el plazo), lo que, a su vez, se traduce en una mayor estabilidad laboral que si estuvieran vinculados mediante contratos a término indefinido, cuya indemnización consiste, dependiendo del salario, en 30 o 20 días por el primer año, y 20 o 15 días, por cada año adicional.
A modo de ejemplo, si se celebra un contrato por 3 años y el club lo termina, anticipadamente y sin justa causa, cumplido el año 1, entonces estaría obligado a pagarle al jugador 24 meses de salario (tiempo que restaría para la fecha de finalización del contrato), mientras que si el mismo escenario ocurre en un contrato a término indefinido, el jugador solo recibiría máximo un mes y unos días de su salario.
La misma lógica puede ser aplicada a la disminución del término máximo de los contratos con duración definida de 3 a 2 años, por los mismo argumentos expuestos con anterioridad, pero con el agravante de que esta medida desincentivaría la inversión de los clubes en jugadores colombianos, dado que el nuevo plazo no resultaría suficiente para amortizar la inversión realizada, lo que, además, implicaría una disminución consecuente en el valor de dichas inversiones y en la remuneración percibida por los jugadores.
En conclusión, la reforma terminaría contrariando su finalidad y la de los reglamentos deportivos que buscan que los plazos de los contratos a término fijo sean por mucho más tiempo y más estables, como el que acaba de renovar el Chelsea por más de 8 años
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