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OPINIÓN

¿Y para qué el contrato inteligente?

16 de octubre de 2018

Canal de noticias de Asuntos Legales

Con la llegada del Internet de las Cosas la vida se hará más fácil y eficiente. Podremos saber de forma remota si los aparatos de la casa están prendidos o apagados y será sencillo conocer la ubicación exacta de un paquete o un vehículo. La nevera informará con la debida anticipación que determinado producto se está agotando o que está cerca de su fecha de expiración. En pocos años, cuando se extienda esta tecnología a la mayoría de los hogares y las empresas, toda la economía se hará mucho más eficiente, pues se reducirán dramáticamente las pérdidas de tiempo y dinero asociadas al consumo innecesario de energía, a la expiración de productos y al mantenimiento de productos en stock.

A esta revolución se suma otra que viene en paralelo: los contratos inteligentes. En virtud de esta forma contractual se abre un nuevo mundo que también ayudará al hombre a gestionar sus relaciones de forma más eficiente. El contrato inteligente hace referencia a cualquier tipo de acuerdo entre dos o más partes, que queda consignado en una plataforma de blockchain o alguna similar, y que se ejecuta de forma automática por el sistema, sin que sea posible interferir en el procedimiento predefinido. Así, por ejemplo, las partes podrán convenir que el pago por la compra de un vehículo se realice por instalamentos en fechas futuras específicamente señaladas y podrán indicar al computador que, en caso de mora del comprador, el carro sencillamente no podrá ser encendido hasta que la obligación se ponga al día. También ello podría volverse común en la venta de celulares, los cuales podrían quedar programados para quedar inactivados en ciertas funciones o, incluso dejar de servir por completo, cuando acaezcan las condiciones preestablecidas.

Una de las mayores potencialidades del contrato inteligente está en la posibilidad de realizar transferencias de propiedad en cadena o de forma masiva respecto de múltiples bienes o de muchos copropietarios sobre el mismo bien, sin los riesgos y los costos propios de la intermediación. En ese sentido, la venta de arte, de artículos de colección y -en general- todo lo relacionado con la propiedad intelectual podría experimentar una gran revolución con la llegada del contrato inteligente, pues la transferencia automática haría que las transacciones resulten más sencillas y seguras, lo que podría estimular una gran cantidad de mercados que hoy cargan el lastre de la inseguridad jurídica y de elevados costos de transacción.

Inclusive, estimo que la versatilidad, la certeza y la seguridad que conlleva el contrato inteligente traerán beneficios y cambios culturales profundos en muchos otros mercados que, con el paso del tiempo, terminarán dejando a un lado la utilización del papel escrito, la firma y los intermediarios, como notarios y abogados. En muchos campos y según las circunstancias, la máquina inteligente incorruptible terminará siendo más confiable y eficiente para las partes.

En últimas, como ya he dicho, el beneficio más notable de los contratos inteligentes será el dotar las relaciones comerciales de mayor seguridad jurídica, lo que le permitirá a los comerciantes obrar con mayor arrojo y lo que, a su vez, generará un incremento global en el número de transacciones que se realizan a diario. Es innegable que, en este país, los comerciantes se abstienen de realizar muchos negocios que desearían hacer, por los altos costos de transacción que involucra cada operación comercial y por el elevado riesgo que representa la incertidumbre que envuelven los negocios comerciales en general, todo ello en función de la mala calidad de la justicia y de los riesgos asociados a las labores de intermediación. Así, la llegada del contrato inteligente sería particularmente favorable para Colombia, en donde hacer valer un contrato a través de los mecanismos judiciales tradicionales es demorado, costoso e incierto.

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