Parece un debate de nunca acabar. Vigente cada año se propone la cadena perpetua para agresores de menores. Esto incluye violadores y homicidas de niños. En muchos escenarios, los que nos oponemos a dichas iniciativas, somos graduados de delincuentes o cómplices; como si la ética del abogado radicara en la del delincuente. Ni mucho menos.
Los crímenes contra los menores de edad son terribles, abominables y execrables. No existen adjetivos suficientes para calificar estas conductas. Eso tiene que ser claro y los rechazo contundentemente. Ahora bien, eso no es supuesto para considerar que el castigo de la prisión perpetua es el adecuado e idóneo desde lo jurídico, lo económico y lo práctico.
Desde lo jurídico es claro que Colombia tiene una tradición jurídica (como la gran mayoría de los países del mundo) en reconocer la dignidad humana como punto fundamental del Estado de Derecho. Esto implica que las personas no pueden ser instrumentalizadas para conseguir fines estatales.
Cuando se aplica la cadena perpetua, se elimina de tajo cualquier posibilidad real de resocializar y se elimina cualquier esperanza de cumplir una pena, con esto, el individuo solo se utilizaría para enviar un mensaje social de violencia y disuasión negativa. Disuasión que hoy, con tal vez las penas más altas del hemisferio y Europa, no funciona. Solo basta ver, desde el año 2000 el incremento de los delitos sexuales indiferentemente del aumento progresivo de las penas.
En lo económico un preso nos vale mensualmente $19 millones; hoy hay alrededor de 1600 condenados por delitos sexuales contra menores; el promedio de edad de estos es de 39 años; la expectativa de vida según el Dane es de 74 años; mantenerlos hoy nos cuesta al año alrededor de $29.000 millones, si solo nos quedáramos con los condenados hoy, mantenerlos de por vida nos costaría alrededor de $21 billones, 10% del presupuesto general de la Nación. Y no, la solución no es matarlos, es resocializarlos.
Ahora bien, en la práctica, si partimos de la edad de 39 años promedio de los condenados por delitos sexuales, y como en el caso Uribe Noguera, se le imponen 52 años prisión, saldría a los 91 años. Si no falleció adentro de la prisión, no tendría muchos años por delante. Estás personas legalmente no tienen posibilidad de acceder a ningún beneficio procesal ni punitivo así que es puro populismo cuando se habla de su posibilidad de reincidencia.
Es curioso que no se mencionen casos como el de Noruega donde las tasas de reincidencia son bajísimas y donde sus prisiones están diseñadas para dar segundas oportunidades, no solamente por considerar que una persona lo merece, sino porque entendieron que su Estado se basa en la dignidad humana y por ende en la resocialización; y de otro lado que desde lo económico es insostenible mantener de por vida a las personas recluidas.
Entendieron también que, en vez de destinar tantos recursos a los criminales, tenían que emplearlos en políticas de prevención. Qué ironía que enfoquemos los recursos en hacer que la gente se pudra en la cárcel y no en la niñez, como si fuéramos un país boyante que pudiera cumplir con esos dos supuestos a suficiencia.
Nuestro referente punitivo no puede ser EE.UU., allá las tasas de reincidencia superan 70%. Respaldemos los enfoques interdisciplinarios e interinstitucionales, como los planteados en la ley 1146 de 2007, dejemos de lado una justicia meramente retributiva, dejemos de lado la saciedad de violencia y enfoquémonos, realmente, en nuestros niños.
¿Quiere publicar su edicto en línea?
Contáctenos vía WhatsApp