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Legislación

Resolución dará a colombianos en el exterior acceso gratuito a pasaporte ordinario

Acerca de los recursos para esta medida, la Cancillería puntualizó que estos estarán a cargo del Fondo Especial para las Migraciones

21 de noviembre de 2024

Sofía Alexandra Duarte Torres

sduarte@larepublica.com.co

Canciller (e), Luis Gilberto Murillo
Ministerio de Relaciones Exteriores
Canal de noticias de Asuntos Legales

En las últimas horas, se dio a conocer que la Cancillería alista una resolución para permitir que los colombianos damnificados por desastres naturales puedan acceder gratuitamente al pasaporte ordinario si lo perdieron durante la emergencia.

En el documento se lee que "la presente resolución tiene como objeto, que los connacionales damnificados por desastres naturales y en estado de vulneración y debilidad manifiesta que hayan perdido o extraviado su pasaporte, accedan al pasaporte ordinario electrónico con costo cero, a fin de que sean garantizados los posibles derechos que se encuentren vulnerados o amenazados".

Así las cosas, los colombianos que quieran acceder a este servicio deberá manifestar ante la respectiva Oficina Consular que ha perdido o extraviado su pasaporte con ocasión del desastre natural y que se encuentra en estado de vulneración y debilidad manifiesta, para que la Oficina consular lo incluya en su registro y confrontarlo o inscribirlo con el registro que lleven las autoridades del país extranjero.

Según el documento, la Oficina Consular será la encargada de validar y verificar que el solicitante del pasaporte ordinario electrónico a costo cero, se encuentre registrado como damnificado por desastres naturales o en estado de vulneración y debilidad manifiesta en el país donde se encuentre residiendo, estudiando, trabajando o visitante.

Así mismo, se expone que "el pasaporte ordinario electrónico a costo cero solo podrá ser solicitado en las oficinas consulares de Colombia en el Exterior, partiendo del cumplimiento de los requisitos anteriormente mencionados".

Acerca de los recursos para esta medida, la Cancillería puntualizó que estos estarán a cargo del Fondo Especial para las Migraciones de conformidad a lo prescrito en la Resolución 1134 de 2022.

Finalmente, en el documento se lee que "las demás disposiciones referentes a los pasaportes y al documento de viaje colombiano, serán las establecidas en la Resolución 6888 del 2021, Artículo 4. La presente resolución entrará en vigor a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial".

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