Las cifras del Índice Global de Competitividad del Foro Económico Mundial ponen en evidencia que, desde el año 2016, Colombia venia obteniendo niveles de competitividad considerablemente mejores en comparación con los que se registraban en el pasado. Así, para el año 2019, los niveles de competitividad del país fueron calificados con 62.73 puntos de 100 posibles, superando con creces las evaluaciones de periodos anteriores en donde se tuvo un promedio de 4.20 puntos.
Si se analizan con detalle los informes de los procesos de evaluación del Índice Global de Competitividad, es posible extraer que, en gran medida, las 98 variables que se utilizan para el efecto se encuentran intrínsecamente relacionadas con el rol que desempeñan las autoridades públicas. Por ejemplo, terminan siendo decisivos los procedimientos y el tiempo que emplean los funcionarios para evaluar, decidir y avalar aquellas actividades económicas que requieren de una autorización estatal previa.
En síntesis, los países que ofrecen las condiciones y tiempos más eficientes para tramitar y decidir los procedimientos de autorización estatal generalmente obtienen mejores resultados en términos de competitividad. Esto se traduce en que, en un mundo globalizado, las autoridades públicas son agentes que participan en escenarios de competencia con sus homónimos en otras jurisdicciones; en donde si las autoridades no actúan con adecuados y eficientes estándares al resolver los trámites de autorización, los inversionistas simplemente preferirán otras economías para desarrollar sus proyectos.
Enseguida se plantearán una serie de recomendaciones —muy sencillas y prácticas—que podrían tener en cuenta las autoridades locales para mejorar los niveles de eficiencia y competitividad en los trámites de autorización estatal que están a su cargo:
1. Como es apenas natural, se debería propender por solicitar únicamente la información y documentación que establecen las normas jurídicas que regulan los procedimientos de autorización.
2. Se deberían actualizar y mantener actualizadas las normas jurídicas y listas de chequeo en donde aparece la información que los particulares deben suministrar.
3. Antes de realizar un requerimiento a un particular, se debería evaluar si lo que se pretende solicitar es en realidad útil y razonable de cara a la autorización y su espectro.
4. Se deberían decidir los trámites de autorización en los tiempos legales previstos para el efecto y, en lo posible, en tiempos más cortos.
5. Debería primar el principio de “no dejar para mañana lo que se puede decidir hoy”.
6. Se debería emplear la máxima claridad y sencillez posible en las solicitudes que se realizan a los particulares.
7. Se debería propender por una conversación franca y directa con los particulares, de tal forma que ellos tengan claridad sobre los puntos que en realidad generan preocupación o que son neurálgicos para la autoridad.
8. Se debería favorecer el uso de medios tecnológicos para el trámite y decisión de los procedimientos y, sobre todo, para la acreditación de documentos oficiales —nacionales y extranjeros—.
9. Los procedimientos deberían tramitarse desde la máxima fundamental de que los particulares están actuando de buena fe y sin intereses oscuros. Los particulares son los primeros interesados en desarrollar sus actividades conforme a derecho.
10. Se debería propender porque los trámites que implican mayoritaria y necesariamente el estudio de documentos foráneos sean conocidos por funcionarios que puedan leerlos sin requerir de traducciones oficiales.
En conclusión, los niveles de competitividad del país es un asunto trascendental en la coyuntura actual. Por ello, el decálogo antes expuesto podría ser un buen insumo para que las autoridades contribuyan en esa tarea.
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