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OPINIÓN

Acceso a la pensión de vejez, ¿nueva discriminación positiva?

22 de junio de 2023

Paula Juliana Romero Rizo

Asociada de Cavelier Abogados
Canal de noticias de Asuntos Legales

Por medio de la Nota de Prensa No. D-14828 se dio a conocer la decisión de la Corte Constitucional de declarar inexequible el requisito de cotización de 1.300 semanas para que las mujeres obtengan su pensión de vejez en el régimen de prima media.

A juicio de la Corte, el mundo laboral no cuenta con oportunidades suficientes para que las mujeres accedan a un empleo y mantengan una estabilidad en el mismo. Lo anterior, sin perjuicio de desconocer que se han desarrollado políticas y estrategias de igualdad de género, pero que al parecer no han bastado para disminuir notablemente la brecha de oportunidades laborales entre hombres y mujeres.

Así, considera que, con el fin de cumplir con los principios de sostenibilidad financiera del sistema pensional, universalidad, igualdad y el derecho fundamental a la seguridad social, es necesario que existan menores exigencias para que las mujeres colombianas puedan acceder a una pensión digna, pues en el escenario actual se les están exigiendo los mismos requisitos de cotización que los hombres, en un menor tiempo.

La Corte Constitucional no solo plantea la inexequibilidad de estas disposiciones, sino que además establece un plan de acción a partir del año 2026 en caso de que el legislador no realice los trámites tendientes a implementar el nuevo régimen aplicable al tiempo de cotización para las mujeres en el régimen de prima media. En caso de ausencia de regulación, las semanas de cotización para las mujeres disminuirán a partir del 1° de enero de 2026 a 1.250 semanas, y en 25 semanas a partir del 1° de enero de 2027 hasta llegar a 1.000 semanas.

Esta decisión de la Corte Constitucional puede entenderse como la creación de un escenario de discriminación positiva para las mujeres, entendido como aquel en el que se otorguen medidas para evitar materializar la desigualdad de un grupo específico . Sin embargo, ¿qué pasa con la búsqueda de una igualdad laboral entre hombres y mujeres? ¿es este un llamado para crear estrategias verdaderamente efectivas para continuar con la reducción de esta brecha? O ¿simplemente es una solución superficial a un problema que tiene un trasfondo mucho mayor?

Aun cuando estas apreciaciones tienen como base la nota de prensa publicada, y no el contenido completo de la sentencia, es claro que se crea un gran reto para el legislador, enfocado en implementar un régimen asertivo, pensado en generar una mayor igualdad para las mujeres y no en ratificar esa posición de indefensión o falta de oportunidades en el mundo laboral.

Siendo así, independientemente de la decisión adoptada, es necesaria la creación de políticas públicas y políticas al interior de las compañías que busquen garantizar cada vez más la participación de las mujeres en labores gerenciales, de mando, teniendo poder decisorio y determinante al interior de las empresas, pues de lo contrario se seguirán creando tratos especiales de discriminación positiva sin que esto materialice una solución al verdadero problema, la falta de oportunidades y las brechas de género en el país.

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