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OPINIÓN

Responsabilidad en dos ruedas

07 de octubre de 2015

Rafael Matiz

socio Parra Rodriguez Sanin
Canal de noticias de Asuntos Legales

Es por esto que el uso de modos alternativos de transporte se ha vuelto una necesidad diaria para todos, siendo la bicicleta uno de los más atractivos. Son vehículos fáciles de manejar, ahorrativos, amigables con el medio ambiente y se caracterizan por ser económicos al momento de adquirirlos.

Pero no todo es tan positivo. Todos los días vemos con preocupación gran cantidad de accidentes de tránsito que desafortunadamente, en varias ocasiones, involucran a ciclistas. Estos accidentes en su mayoría provocan daños físicos y/o materiales al ciclista y a terceros con elevados costos económicos. 

Lo anterior sucede, en la mayoría de los casos, debido a que todos los vehículos transitan simultáneamente por las mismas vías, haciendo que el riesgo de que ocurra un accidente sea bastante alto. 

Esto tiene como consecuencia que, una vez ocurrido el accidente, quien sufre el daño denunciará al causante buscando la indemnización integral de sus perjuicios y el causante (en caso de ser civilmente responsable) estará en la obligación legal de resarcir económicamente al afectado.  

Pero eso no es todo. La situación se complica al momento de determinar quién es el responsable del daño, la cuantía del mismo y garantizar que el afectado sea indemnizado integralmente de cualquier daño que sufra. 

Por ello, el ordenamiento jurídico colombiano es estricto con los propietarios de vehículos automotores exigiéndoles la compra de un seguro de responsabilidad civil que no sólo repara el daño al asegurado, sino también a terceros que se vean afectados por un accidente de tránsito. 

Sin embargo, esta obligación legal es diferente en el caso de los ciclistas. Para ellos, es completamente opcional adquirir cualquier tipo de seguro que cubra las contingencias que se presenten. Esto tiene como consecuencia que, en muchos casos, el ciclista no pueda indemnizar integralmente al afectado complicando la tarea de dejarlo en la situación en que se encontraría en caso de no haber ocurrido el daño.

En algunos países de la Unión Europea se han realizado estudios por parte de diferentes organismos especializados en seguridad vial para implementar esta medida argumentando que al verse involucrado el ciclista en un accidente y siendo responsable del mismo, es posible que se le exijan reparaciones de carácter económico frente al afectado. 

El legislador debe ser consiente que hoy en día conducir una bicicleta es un riesgo. Por ello, y a la luz del incremento del número de ciclistas y vehículos en las calles, es necesario que, en caso de ocurrir un accidente y ser el ciclista civilmente responsable del mismo, cuente con un seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria que lo proteja a él, a su bicicleta y a cualquier tercero afectado por los daños que ocasione. 

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