El mundo contemporáneo busca que todo sea medible con fin de establecer parámetros de mejoras y eficiencia y como resultado de ello se crean rankings que permiten comparar quién hace mejor las cosas.
Tomando como base el Doing Business 2018 del Banco Mundial, Colombia ha bajado al puesto 59, luego que ocupara el puesto 53 (2017). Son múltiples las causas para esta mala calificación, pero quisiéramos concentrarnos en los aspectos relacionados con operaciones de importación y exportación y la relación con el Decreto 390/16, Estatuto Aduanero.
Tanto en exportaciones como en importaciones, el estudio mide el tiempo y el costo desde dos enfoques: el cumplimiento fronterizo (CF) y el cumplimiento documental (CD). El primero, incluye el tiempo y costo para la obtención, preparación y presentación de documentos durante el manejo en puertos o fronteras, el despacho de aduanas y los procedimientos de inspección. Por su parte, el segundo, incluye el tiempo y el costo de la obtención, preparación, procesamiento y presentación de documentos. Como es de interés de Colombia pertenecer a la Ocde, es pertinente compararnos con ese rasero.
En exportaciones, en cuanto CF, el tiempo para exportar desde Colombia es de 112 horas, en tanto la Ocde es 12,7 es decir ocho veces más rápido. En costo para exportar, en nuestro país es US$545 y para la Ocde US$149,9, aproximadamente 75% más económico.
En los que hace a CD, el costo para exportar desde Colombia es de 60 horas y para la Ocde es de 2,4; en tanto que el costo para exportar es de US$90 y este mismo rubro para la Ocde es de US$35,4, es decir casi una tercera parte menos.
En importaciones el panorama no es más alentador. En CF, el tiempo para importar en Colombia es 112 horas, que es bastante más grande a las 8,7 horas de Ocde; y en costo la relación es de 1 a 5: para Colombia US$545 en tanto que para la Ocde es US$111,6.
Finalmente en CD, en tiempo para importar es 64 horas y de la Ocde es 3,5 horas, 18 veces menos. El costo es de la mitad para la Ocde con US$25,6 y para Colombia es de US$50.
Tanto en los considerandos del Decreto 390/16, como en su espíritu, se encuentra la intención de mejorar el desempeño aduanero que se refleja en tiempo y costos. Uno de sus ejes, es el de tomar el concepto de riesgo y por tanto su gestión, para poder centrar los esfuerzos de la institución aduanera en aquellos usuarios que no cumplan con la normatividad. De hecho, una de las figuras es el usuario de confianza, para dar a entender que es ese concepto, la confianza, la base de las relaciones entre el Estado y los operadores de comercio exterior.
Instituciones y procedimientos que sin duda aportarían a mejorar estos indicadores, se encuentran actualmente a media marcha, al no tener vigencia plena el Decreto 390, aplicando simultáneamente el Decreto 2685/99, antiguo Estatuto Aduanero. Ello crea, como lo hemos mencionado, antes que nada inseguridad jurídica, con todas las consecuencias que implica. Y como si fuera poco, ya es claro que sin completar la reglamentación del Decreto 390, se ha anunciado su reforma, para antes de finalizar este año.
Ojalá en tiempos de propuestas electorales, los candidatos tengan en cuenta estos factores y se efectúen propuestas serias y estructurales que permitan la aplicación plena de una legislación aduanera, que contribuya a mejorar la competitividad del país, a mejorar tiempos y costos, porque sin duda, ahí está parte de la respuesta al porque Colombia es año tras año, menos competitivo.
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