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OPINIÓN

A exportar servicios por Plan Vallejo

13 de marzo de 2020

Ricardo López Sánchez

Socio Vicepresidente de Araújo Ibarra Consultores
Canal de noticias de Asuntos Legales

Para fortalecer el Plan Vallejo, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 285 de febrero 26 de 2020 que incluye regulaciones respecto del alcance de estos programas, su administración, control y régimen sancionatorio.

Pero sin duda, lo fundamental de esta reforma es el vuelco total al Plan Vallejo de Servicios, puesto que las nuevas disposiciones le permitirán al Mincit, crear las condiciones propicias para que el país, a través de este instrumento, incremente sus exportaciones en sectores tan dinámicos como el turismo, la salud, las comunicaciones, la ingeniería, arquitectura y diseño, el transporte, la consultoría, la investigación y desarrollo, y la construcción, por mencionar algunos.

En efecto, a través del Plan Vallejo quienes produzcan servicios podrán importar sin gravámenes arancelarios y sin IVA, los equipos, partes y demás bienes que se requieran para los procesos de creación y producción de estos, a cambio de un porcentaje de exportaciones.

Ahora bien, las principales diferencias que trae la nueva regulación frente a la contenida en los Decretos 2331 de 2001 y 2099 y 2100 de 2008, que se derogan, son:
Anteriormente existía una relación especifica de los servicios que aplicaban al Plan Vallejo, pero se limitaba su alcance a unas determinadas actividades y, adicionalmente, se exigía que el solicitante demostrara que sus mayores ingresos correspondían a dicha actividad. Esto dejó por fuera varios proyectos importantes y desincentivó el emprendimiento de nuevos negocios.
Con la reforma desaparece esta exigencia. Las empresas se podrán beneficiar del mecanismo así el servicio que se produzca con los bienes importados no corresponda a la actividad principal del titular del Plan Vallejo.

Los decretos que se derogan solo permitían importar bienes de capital y repuestos que clasificaran en una relación limitada de menos de 70 subpartidas arancelarias, lo que prácticamente hizo inaplicable el mecanismo. Una prueba evidente de ello es el hecho que actualmente el Mincit solo administra 12 programas de servicios.

La nueva reforma señala que se podrán importar “bienes” sin limitar su alcance únicamente a bienes de capital y repuestos y se fija en cabeza del Mincit, la facultad de determinar las listas de los bienes, con lo cual se podrá involucrar el universo total de los bienes que requieran los prestadores de servicios, de manera que se genere un verdadero impulso a la actividad exportadora.

Anteriormente se requería que los titulares del Plan Vallejo constituyeran pólizas en favor de la Dian, lo cual desincentivaba acudir a este instrumento por las dificultades que se tienen para obtener de las compañías aseguradoras este tipo de garantías.

La nueva regulación deroga la exigencia de pólizas y crea un régimen sancionatorio razonable para quienes por negligencia total no cumplan los compromisos de exportación o no soliciten las reestructuraciones requeridas cuando haya un cambio en la demanda de servicios en los mercados internacionales que permita cumplir los compromisos de exportación fijados inicialmente.

Como se ve, el Gobierno con esta reforma ha hecho una gran apuesta para que los empresarios decidan vender sus servicios al exterior y podamos supera con creces la tímida cifra de exportaciones en este rubro que, según el Banco de la República, para 2019, fue de US$9.988 millones, con lo cual no alcanzamos a exportar siquiera US$200 por habitante.

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