La protesta se ampara en el derecho a la libre expresión, cuya manifestación se puede materializar a través de redes sociales, medios de comunicación, en las urnas, etc. Respecto al ejercicio de este derecho mediante la invasión de bienes públicos, en democracias tan avanzadas como la canadiense y estadounidense, entre otras, se requiere de un permiso previo para su ejercicio, ya que en las sociedades democráticas el bien común (derecho de millones a usar los bienes públicos), prevalece sobre el particular (minoría poblacional que en su momento invade bienes públicos); adicionalmente, los derechos de las personas (libre expresión), terminan donde empiezan los derechos de los demás (derecho de los NO manifestantes).
Una de las cosas que se revisan en las democracias aludidas, es el motivo (validez constitucional del mismo) y el número de manifestantes. A mayor participación mayor legitimidad, para que amparados en su libre expresión se le permita a unos protestantes privar por un tiempo corto al resto de la comunidad del uso de los bienes públicos.
Lo que resulta un exabrupto, es que recurrentemente a un grupo minúsculo de la población se le permita invadir bienes públicos, infundiendo miedo en la población y aplastando los derechos colectivos. Basta ver las noticias (v.g. El Espectador, sección “en vivo paro nacional”) para percatarse del minúsculo grupo de personas (v.g. 50 a 100) que recurrentemente bloquean vías enteras de ciudades como Bogotá con ocho millones de habitantes, o ciudades enteras desabastecidas y confinadas por un grupo pequeño de protestantes que aplastan el derecho de millones. Esto hace que el Estado de derecho colombiano sea muy frágil.
Cuando saboteadores minoritarios exigen cosas a cambio para levantar este atropello a la comunidad, se produce una extorsión. Lo grave es que con frecuencia el Estado sucumbe a estas exigencias, solucionando el problema por un corto periodo, pero creándose a mediano plazo la semilla de muchos más bloqueos de grupos que siempre querrán más y más.
Ahora bien, se entiende que aunque solo es una minoría la que efectivamente protesta recurrentemente mediante la invasión de bienes públicos, puede haber un grupo poblacional mucho más grande que está de acuerdo con dicha invasión. En este caso, esa población que está de acuerdo, pero se abstiene de invadir bienes, puede perfectamente renunciar a sus derechos afectados por la invasión, pero de ninguna manera tiene la potestad de renunciar a estos derechos en nombre del resto, que sí quieren ejercer sus derechos a movilizarse, a trabajar, a la salud (marchas multitudinarias en pleno covid), a conseguir alimentos, y a crear empresa (ergo empleo, pago de impuestos y valor agregado con sus bienes y servicios).
La fuerza pública está instituida para proteger los derechos y libertades de los ciudadanos, de manera que tiene que impedir que minorías sigan bloqueando el país. Esto dado que una sociedad civilizada recurre a la fuerza pública para proteger sus derechos, por ende, si esta fuerza llegara a ser transgredida, también lo serían los derechos colectivos por ella protegidos.
Sin lugar a dudas existen muchos motivos para protestar, cuyo análisis excede este artículo. No obstante, para quienes protesten de buena fe buscando reivindicaciones sociales, tienen que saber que están logrando el efecto opuesto al buscado al invadir bienes públicos, ya que también están perjudicando a los sectores cuyos derechos pretenden reivindicar.
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