Uno de los acontecimientos legales más importantes en la industria del fútbol se ha dado este año al reconocerse por primera vez en las regulaciones internacionales de la Fédération Internationale de Football Association (Fifa) un capítulo especial de protección a la maternidad de las futbolistas.
¿En qué consiste la protección a la maternidad de las futbolistas en las regulaciones internacionales de la Fédération Internationale de Football Association?
La validez de un contrato no puede supeditarse al hecho de que durante su vigencia la jugadora se encuentre o no embarazada o se encuentre disfrutando de los derechos derivados de la maternidad.
Por esta razón, si el contrato termina durante el periodo de tiempo mencionado, a menos de que se pruebe lo contrario, se entenderá que la relación laboral ha finalizado sin causa justificada.
¿Qué consecuencias puede tener la violación de la protección anteriormente mencionada?
El club deberá reconocer el pago de una indemnización a favor de la jugadora en los términos de las normas del fútbol, incrementada en un valor igual a la cuantía de seis salarios mensuales, de acuerdo con lo estipulado en el contrato de trabajo.
Adicionalmente, el club será sujeto de sanciones deportivas en caso de una violación a la protección de la futbolista.
¿Qué derechos tienen las jugadoras durante la vigencia del contrato de trabajo?
Los servicios deportivos se podrán seguir prestando tras la confirmación del especialista médico, escogido de mutuo acuerdo entre las dos partes, que determine que es seguro para ella hacerlo.
El club tendrá la obligación de respetar la decisión y de elaborar un plan seguro para la prestación de los servicios.
En el evento en que el médico, o la propia jugadora, determinen que no es seguro, el club tiene la obligación de respetar la decisión y garantizar que la jugadora pueda prestar otros servicios.
En esa situación, se deberá garantizar el salario completo de la jugadora, la licencia de maternidad y el reintegro al lugar de trabajo, en donde se le otorgará la posibilidad de efectuar la lactancia del menor.
Adicionalmente, se prohibe la existencia de cualquier tipo de presión injustificada por parte del club.
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