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CMS Rodríguez-Azuero

En Derechos de Autor, no todo es objeto de protección

24 de abril de 2021

Nathaly Carranza

Paralegal en CMS Rodríguez Azuero
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Los derechos de autor protegen las expresiones humanas producto del talento e intelecto plasmadas de una forma original y apreciable por los sentidos.

El artículo 6 de la Ley 23 de 1982 como la Decisión de la Comunidad Andina 351 establecen que las ideas o contenido conceptual de las obras literarias, artísticas o científicas no son objeto de apropiación y que se protege la forma literaria, plástica o sonora mediante las cuales las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas en las obras.

A continuación explicaremos algunos puntos o dudas legales que surgen sobre este tema.

¿Las ideas son objeto de protección por el concepto entendido como Derechos de Autor?

Los derechos de autor protegen las expresiones humanas producto del talento e intelecto plasmadas de una forma original y apreciable por los sentidos.

¿Las ideas son objeto de protección por Derechos de Autor?

Lo que a menudo se olvida, es que no se protegen las ideas fuente de creación ni el contenido conceptual de las obras literarias, artísticas o científicas, sino la forma determinada en la cual están plasmadas.

En efecto, el artículo 6 de la Ley 23 de 1982 como la Decisión de la Comunidad Andina 351 establecen que las ideas o contenido conceptual de las obras literarias, artísticas o científicas no son objeto de apropiación y que se protege la forma literaria, plástica o sonora mediante las cuales las ideas del autor son descritas, explicadas, ilustradas o incorporadas en las obras.

¿Existen creaciones intelectuales que no son protegidas por los derechos de autor?

Una creación intelectual es toda aquella producción que genere el intelecto humano que puede ser objeto de materialización por cualquier medio conocido o por conocer.

Sin embargo, en ocasiones y aunque la creación esté materializada, no siempre es susceptible de protección, particularmente en caso de carecer de originalidad, o cuando el grado de creatividad impreso en ellas es mínimo o inexistente.

Dentro de estas diversas creaciones intelectuales podemos encontrar, por ejemplo, los simples hechos y los datos o información compilados de una base de datos, ya que son del conocimiento público.

Elementos como las noticias de actualidad, los datos estadísticos o los precios también se exceptúan de esta protección toda vez que, aunque en su diseño interviene el intelecto humano, no cumplen con el requisito de originalidad.
Por último, se exceptúan las listas de ingredientes ya sean presentadas como etiquetas, recetas o fórmulas, al no dejar de ser una simple lista de ingredientes y cantidades.

Por lo contrario, si la receta o fórmula va acompañada de la explicación del proceso de preparación y/o consejos de acompañamiento, estos elementos sí gozarán de protección.

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