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Comercial y de la empresa


Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría

Ley 2232 complementa régimen de plásticos de un solo uso

28 de septiembre de 2022

Antonio Alexander Acosta

Asociado principal de PPU Legal
Philippi Prietocarrizosa Ferrero DU & Uría
Canal de noticias de Asuntos Legales

La Ley 2232 de 2022 busca reducir la producción y consumo de plásticos de un solo uso estableciendo nuevos requisitos legales para productores, comercializadores y usuarios.

Los plásticos de un solo uso son aquellos productos “que no han sido concebidos, diseñados o introducidos en el mercado para realizar múltiples circuitos, rotaciones o usos”.

¿Cuál es el principal efecto de esta Ley?

Es la prohibición de uso de ciertos productos de plástico de un solo uso. Para ello, establece una “sustitución gradual” de productos, tales como envases, empaques y bolsas, entre otros.
Los plazos para la aplicación de estas prohibiciones varían entre dos y ocho años según el tipo de producto. Estos plazos iniciaron con la entrada en vigor de la Ley 2232, posterior a su publicación en el Diario Oficial, el 8 de julio de 2022.

¿Se requiere algún tipo de reglamentación?

La Ley establece medidas que deben ser objeto de reglamentación por parte del Gobierno Nacional - Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible (Mads). Para esto, la norma da un plazo al Gobierno. Por ende, solo cuando se dé dicha reglamentación estas figuras y disposiciones resultarán aplicables.
Los instrumentos más significativos son: la Política Nacional de Sustitución del Plástico de un solo uso, Reglamento técnico de etiquetado para plásticos de un solo uso, Instrumentos de manejo y control ambiental para implementación de Responsabilidad Extendida del Productor, entre otros.

¿Cómo se aborda la Responsabilidad Extendida del Productor en la Ley?

Si bien la Ley enlista productos plásticos de un solo uso que no podrán ser reutilizados (Art. 5), advierte que, con base en el concepto de “cierre de ciclos del modelo de economía circular y de Responsabilidad Extendida del Productor”, para los productos no enlistados se establecerán “instrumentos de manejo y control ambiental” para la aplicación de dicha responsabilidad extendida.

Es decir, los actores en la cadena del plástico deben tener en cuenta la reglamentación respecto de los instrumentos de manejo y control en el contexto de la Ley, pues esta determinará la prohibición de uso para productos adicionales a los ya enlistados, y nuevos requisitos legales para cumplir.

¿Cómo funciona el régimen sancionatorio y qué novedades tiene respecto de las disposiciones de la Ley 1333 de 2009?

El procedimiento sancionatorio se surtirá según lo establecido en la Ley 1333 (régimen sancionatorio ambiental). Sin embargo, el cambio se da respecto de la cuantía de las multas y la determinación de un mínimo.

La Ley 2232 dispone que las multas por incumplimiento pueden ser de entre 100 y 50.000 Smlmv. De ello se puede inferir que para esta materia la Ley 2232 definió montos de multa diferenciados a los establecidos en la Ley 1333.

En conclusión, la Ley 2232 busca disminuir el uso de plásticos de un solo uso. Sin embargo, muchas de las medidas que establece están sujetas a reglamentación por parte del Gobierno Nacional y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, por lo que no aplicarán inmediatamente.

El efecto a mediano y largo plazo para productores, comercializadores y usuarios está en la prohibición de uso de los productos establecidos y dentro de los plazos señalados. Asimismo, se endurecen los montos de las multas por su incumplimiento.

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