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Educación

Colegios, a pagar hasta $175 millones por incumplir las reglas de útiles escolares

El mes de enero y febrero, según lo informó Fenalco, representa 40% de las ventas de las cerca de 16.000 compañías del sector

27 de enero de 2020

Natalia Molano Torres


Canal de noticias de Asuntos Legales

Los primeros meses de todos los años millones de padres de familia acuden a comercios para comprar los útiles escolares de sus hijos, de ahí que este sector mueva más de $450 millones en Cundinamarca y otros $620.000 en Antioquia, según cifras de Fenalco.

Sin embargo, no es un secreto que algunas instituciones educativas solicitan útiles escolares que muchas veces no tienen un uso definido en la vida académica del estudiante.

De acuerdo con Jimmy Jiménez, director jurídico de Integrity Legal, los colegios que se excedan en las solicitudes serán sancionados con una multa que oscilará entre los 50 y los 200 salarios mínimos legales, es decir, entre $43,3 millones y $175,5 millones “Debe haber previa comprobación de los hechos y, en caso de reincidencia se dispondrá el cierre definitivo del establecimiento educativo”, señaló el jurista.

El mes de enero y febrero, según lo informó Fenalco, representa 40% de las ventas de las cerca de 16.000 compañías del sector, entre papelerías, librerías y comercios especializados.

Además, según el informe publicado por la entidad a inicios de este año, los padres de familia tienen que acudir a pagos a crédito pues 57% cancela en efectivo y 24% restante lo hace tarjeta de crédito.

Dentro la normatividad en la que se estipula la regulación de los derechos y deberes de los padres de familia y estudiantes, respecto a las solicitudes y cobros injustificados de los colegios se encuentra la Resolución No. 010617, por la cual se establecen los parámetros para la fijación de las tarifas de matrículas pensiones y material educativo.

Además, estatutos como la Ley 1269 de 2008 y el Decreto 1075 de 2015 también tratan temas de cobros periódicos, así como matrícula o pensión, además de que la primera afirma que la lista de útiles debe estar aprobada por el Consejo Directivo, en el cual están representados padres, estudiantes y exalumnos. La Resolución 18066 de 2017 también específica que los colegios no pueden incurrir en prácticas restrictivas, así como exigir proveedores determinados de marcas específicas.

El proceso para reclamar

De acuerdo con el abogado familiar Jorge Peralta, el primer paso que debe seguir un padre de familia que no esté conforme con los útiles solicitados por la institución donde estudian sus hijos es, en primer lugar, presentar una reclamación directa ante el colegio, por vía ‘derecho de petición de interés particular’ y, en dado caso que la institución se niegue a retirar los cobros, puede acudir a la Secretaría de Educación, en donde opera el colegio o, en su defecto, el Ministerio de Educación presentando una queja formal detallando los implementos que serían innecesarios.

El proceso que debe seguir esa entidad se centra en una investigación administrativa generando en caso de corroborar los hechos un primer llamado de atención.

Entre los útiles que los colegios no pueden solicitar se encuentran productos de aseo como papel higiénico, jabón, toallas; medicamentos de cualquier índole; herramientas; y papelería excesiva, punto que se ha convertido en uno de los mayores dolores de cabeza de los padres a la hora de tener que comprar estos implementos.

LOS CONTRASTES

  • Jimmy JiménezDirector jurídico de Integrity Legal

    “Debe haber previa comprobación de los hechos y, en caso de reincidencia se dispondrá el cierre definitivo del establecimiento educativo”

  • Jorge PeraltaDirector jurídico de Peralta y Asociados Abogados

    "El primer paso que debe seguir un padre de familia es presentar una reclamación directa ante el colegio"

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