¿Es posible proteger los bienes y el patrimonio para evitar una medida embargo?
Existen algunas figuras limitadas, como la constitución de un patrimonio familiar o una fiducia de garantía, para prevenirlo
16 de septiembre de 2022Como norma general, quienes asumen deudas deben pagarlas en los tiempos y plazos establecidos. Sin embargo, son comunes los casos en que los deudores se cuelgan o, simplemente, no cumplen. Ante esa situación, los acreedores pueden acudir a un embargo para recuperar lo que se le adeuda.
Al tratarse de una figura que se permite por una deuda no pagada, por ejemplo ante un banco u otra persona; o una obligación incumplida, como puede ser el pago de la administración del edificio, la medida más obvia para evitar el embargo es pagar lo que se debe, o llegar a un acuerdo con el acreedor.
Si eso no es una opción, existen algunas medidas que se pueden tomar para proteger, parcialmente, el patrimonio y evitar el embargo.
Una de ellas es la afectación a vivienda familiar, una figura con la que se blinda el inmueble en el que se vive y lo vuelve inembargable. Esta medida, sin embargo, es limitada, por cuanto solo se usar sobre una vivienda y, en consecuencia, queda expuesto al embargo el resto del patrimonio, incluyendo las cuentas bancarias, los salarios o los carros, entre otros.
Otra figura similar que cumple el mismo fin es la constitución de un patrimonio familiar, que también es limitada porque cobija solamente la vivienda en la que vive la familia para evitar que, por cuenta de las deudas del propietario, los demás se vean perjudicados.
Una tercera opción con una cobertura más amplia es la constitución de una fiducia en garantía, en la que el deudor transfiere sus bienes a una fiducia. En caso de incumplimiento, el patrimonio autónomo sirve como respaldo y la fiduciaria puede venderlos para saldar las obligaciones.
Como se dijo, sin embargo, el mejor negocio es pagar la deuda o buscar un acuerdo de pago con el acreedor para evitar que se llegue a un embargo.
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