Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
LA SUSCRITA SECRETARIA DEL JUZGADO PRIMERO CIVIL DEL CIRCUITO DE SAN ANDRES, PROVIDENCIA Y SANTA CATALINA, ISLAS,
HACE SABER:
Que por auto de fecha Octubre Veintinueve (29) de 2024, se ha señalado el día Veintiséis (26) de Noviembre de 2024, a las cinco de la tarde (05:00 p.m.), para llevar a cabo la diligencia de REMATE del bien inmueble hipotecado; embargado, secuestrado y avaluado dentro del presente proceso EJECUTIVO PARA LA EFECTIVIDAD DE LA GARANTÍA REAL DE MAYOR CUANTIA, adelantado en este Juzgado por las señoras YEYMY YINEY GIANNICO BRAGA y LILIANA ESTRADA GIRALDO, cesionaria de NORA GIRALDO DE ESTRADA a través de apoderado judicial abogado John Vásquez Robledo, en contra de los señores KARAN ALBERTO GANEM NASSAR y SUAD MALOOF CUSE, cuyos apoderado judicial es el abogado Alejandro Osuna Gutiérrez, radicado con # 88-001-3103-001-2016-00098-00. El inmueble materia de subasta se encuentra identificado e individualizado de manera singular conforme a sus linderos, según los títulos originarios de la siguiente forma:
Se trata de un bien inmueble identificado con el folio de matrícula inmobiliaria 450-6237 de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de esta localidad, ubicado en Jurisdicción del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina (Isla de San Andrés), sector denominado “EL COVE POLLY HIGGS O HILLS”, con todas sus mejoras y anexidades, comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: Al Norte, linda con el MAR, vía pública de por medio, en extensión de cuatro metros con setenta centímetros (4:70 Mtrs.); al Sur, colinda con predio de NOHARA VALENZUELA SALAZAR, en extensión de treinta y nueve metros con treinta centímetros (39:30 Mtrs.); al Este, colinda con predio de la Vendedora ANA MARIA RESTREPO DE MEJÍA, en extensión de ochenta y dos metros con setenta centímetros (82:70 Mtrs.); y por el Oeste, con predio de DALYS WILLIAMS, en extensión de ciento cuatro metros con ochenta centímetros (104:80 Mtrs.). Tiene una extensión superficiaria de 1.700M2.
Este bien inmueble fue avaluado comercialmente en la suma de Dos Mil Ciento Noventa y Siete Millones Quinientos Noventa y Dos Mil Pesos ($2’197.592.000.°°) M/l.
Será postura admisible, la que cubra el setenta por ciento (70%) del avalúo, previa consignación del cuarenta por ciento (40%) del avalúo anterior.
Las consignaciones para intervenir en el presente Remate, deberán efectuarse en la cuenta de depósito judicial No. 880012031001 correspondiente a este Juzgado, en el Banco Agrario de Colombia y para el presente proceso. Se hace saber al público en general, que el correo electrónico de este Juzgado para presentar y atender las solicitudes atinentes a la presente diligencia, es: j01cctosaislas@cendoj.ramajudicial.gov.co
La diligencia de remate y adjudicación se ceñirá a las reglas dispuestas por los artículos 450 y ss., del C. G. del P.
Las ofertas las podrán hacer de manera virtual, remitiéndolas en formato PDF debidamente encriptadas junto con el depósito judicial al correo del Juzgado ya reseñado, y en físico en sobre cerrado con los documentos que alude el inciso 1º del artículo 452 del C. G. del P., en la Secretaría del Juzgado ubicado en la Avenida Los Libertadores – Palacio de Justicia, tercer piso, dentro de los cinco (05) días anteriores al remate, en el horario establecido para la atención presencial al público. Solo se aceptarán aquellas que sean recibidas en la oportunidad legal, manifestada. A los interesados que estuvieren presentes en la diligencia, se les exhortará para que presenten sus ofertas en sobre cerrado en dentro de la hora, conforme al inciso 1º del artículo 452 del C. G. del P. Indicarán su nombre completo, identificación, número de contacto telefónico y de correo electrónico y lo dirigirá al proceso por cuenta del cual se hará la subasta. La licitación la iniciará este Juzgado Primero Civil del Circuito de San Andrés, Isla, en la fecha y hora señaladas precedentemente y solo se cerrará, después de haber transcurrido por lo menos una (1) hora, tal como lo señala el artículo 452 del C. G. del P.
Sin otro particular
Atentamente,
KELLYS RODRIGUEZ SARMIENTO
SECRETARIA
V-1175
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