Edictos y Avisos Legales
EDICTO
Notaria 1ª Chiquinquirá
SUSCRITA NOTARIA PRIMERA DEL CÍRCULO DE CHIQUINQUIRA
CITA Y EMPLAZA
A todas las personas que se consideren con derecho a intervenir, en el trámite Notarial de Liquidación Sucesoral de los causantes: ABIGAIL MATALLANA de CAÑON (Q.E.P.D.), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 23.729.485 expedida en Maripi — Boyacá, quien falleció en Simijaca (Cundinamarca), el día Veintinueve (29) de abril del año Dos Mil Veinte (2.020), y MIGUEL CANON RODRIGUEZ (Q.E.P.D.), quien en vida se identificó con la cédula de ciudadanía No. 4.157.608 expedida en Maripi — Boyacá, quien falleció en Maripi (Boyacá), el día Veintiuno (21) de marzo del año Mil Novecientos Ochenta y Siete (1.987), siendo Chiquinquirá — Boyacá. Ultimo domicilio y asiento principal de sus negocios fue el municipio de Chiquinquira -Boyacà; para que dentro de los diez (10) días siguientes a la publicación del presente edicto, se hagan presente en esta Notaria para a hacer valer sus derechos e intervengan dentro de las diligencias respectivas. Aceptado el trámite en ésta Notaria, mediante Acta No 065 de fecha Veintiuno ( 21) de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro (2024), en cumplimiento de lo dispuesto por el articulo 3° del Decreto 902 de 1988, se ordena la publicación del presente Edicto por una vez en un periódico de amplia circulación en esta ciudad y en una Radiodifusora Local, así como la fijación del mismo en lugar visible de la Notaria por el término de DIEZ (10) días. La Notaria Primera JUDITH MARINA ORTEGON RONCANCIO; El presente Edicto se fija hoy Veintidos (22) de Noviembre del año Dos MilVeinticuatro (2024).
JUDITH MARINA ORTEGÓN RONCANCIO
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