Edictos y Avisos Legales
AVISO DE REMATE
Rama Judicial
Consejo Superior de la Judicatura
República de Colombia
Juzgados Civiles de Ejecución de Sentencias
CALI – VALLE DEL CAUCA
SIGCMA
CO-SC5780-122
JUZGADO DECIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE DEL CAUCA
memorialesj10ofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co
Radicación memoriales
OFICIO AVISO REMATE
Santiago de Cali, 19 de febrero de 2025
No. 0238/2025
Copia: ivanjuridico87@gmail.com;
PROCESO: EJECUTIVO CON TITULO HIPOTECARIO
DEMANDANTE: LUIS FERNANDO JIMENEZ ARBELAEZ CC.16.669.837
DEMANDADO: LUIS FERNANDO AGUILAR ESTUPIÑAN CC.1.128.724.993
LUZ NEREIDA HERRERA VALENCIA CC.31.967.993
RADICACION: 76001400301720230041700
AUTO No. 1114
EL JUZGADO DECIMO CIVIL MUNICIPAL DE EJECUCIÓN DE SENTENCIAS DE CALI - VALLE
HACE SABER:
PRIMERO: A - SEÑALAR la hora de las 10:00 A.M. del día 07 de mayo del año 2025, para que tenga lugar la audiencia de remate de los derechos de dominio que le corresponda a la parte demandada sobre el bien inmuebles materia de la Litis, identificados con número de M.I. 370- 881545, el cual se encuentra ubicado en la ubicado en la carrera 49A # 56b-30, Cali, el cual se encuentra avaluado por valor TREINTA MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL PESOS M/CTE ($30.288.000,00). El secuestre CONSTRUCTORA E INTERVENTORIA LOS SAMANES, que podrá ser ubicada en correo electrónico: constructorasamanes489@gmail.com, números de contacto: teléfono fijo: 602 Carrera 10 # 12-15 Piso 17 Teléfono: 8986868 Ext. 5362(1) Correo Electrónico: j36cmpalcali@cendoj.ramajudicial.gov.co 4027432 - Celular: 316 6099466 -3015842130
B.- LA DILIGENCIA comenzará a la hora indicada y tendrá una duración de una hora, siendo postura admisible la que cubra el setenta por ciento (70%) del total del avalúo y postor hábil el que previamente consigne ante el Banco Agrario de la ciudad, el equivalente al 40% que ordena la ley.
C.- PUBLIQUESE el respectivo aviso de remate, por una vez en un término no inferior a diez (10) días a la fecha señalada para el remate, en uno de los periódicos de más amplia circulación o a falta de este, en una radiodifusora local, conforme a las exigencias del Art. 450 del C.G.P. Dese cumplimiento al inciso 2° de la citada norma, en el sentido de allegar junto con las publicaciones los certificados de tradición y libertad de los bienes debidamente actualizado, expedido dentro del mes anterior a la fecha de remate.
D- La audiencia de remate se tramitará de FORMA VIRTUAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 452 del C.G.P, y el protocolo de audiencias publicado en la página web de la Rama Judicial, para lo cual se deberá ingresar a los siguientes links: (i) Juzgados de Ejecución -(ii) Juzgado de Ejecución Civil Municipales -(iii) Valle del Cauca (Cali) - (iv) Juzgado Décimo Civil Municipal de Ejecución de Sentencias - (v) Comunicaciones - (vi) 2020.
E-De conformidad con la circular No. PCSJC21-15 del 08/07/2021, para la devolución de depósitos judiciales, se requiere que dentro de los documentos donde se indica la postura se aporte la respectiva certificación bancaria del postulante, para la correspondiente devolución de depósitos judiciales, en caso de no ser adjudicado el bien a rematar.
Cuenta única No. 760012041700 código de dependencia No. 760014303000, (Oficina de Ejecución Civil Municipal de Cali). del Banco Agrario de Cali.
En virtud de lo anterior, sírvase proceder de conformidad.
Atentamente,
Jorge Muñoz Gutiérrez
Profesional Universitario Grado 17
Líder de Gestión Documental
Oficina de Apoyo Judicial Ejecución Civil Municipal de Cali
NOTA: Este documento se firma de manera electrónica. Por lo tanto, no tiene caducidad. Para su confirmación y verificación de autenticidad por favor acceda a la página www.ramajudicial.gov.co (firma electrónica) o ingrese al link https://procesojudicial.ramajudicial.gov.co/FirmaElectronica/ y digite el número que figura en la parte inferior.
Firmado Por:
Jorge Muñoz Gutierrez
Profesional Universitario - Funciones Secretariales
Juzgado Municipal De Ejecución Civil
Cali - Valle Del Cauca
Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en la Ley 527/99 y el decreto reglamentario 2364/12
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El proceso de la referencia fue remitido a este despacho, de conformidad con los Acuerdos No. PSAA15-10402 (Octubre 29 de 2015), No. PSAA15-10412 (Noviembre 26 de 2015) y No. PSAA15-10414 - Noviembre 30 de 2015 "Por el cual se modifica y ajusta el Acuerdo PSAA15- 10402 de 2015" y a su vez se crean con "carácter permanente unos despachos judiciales y cargos en todo el territorio nacional", ambos proferidos por el Consejo Superior de la Judicatura.-Sala Administrativa. OFICINA DE APOYO JUDICIAL EJECUCIÓN CIVIL MUNICIPAL DE CALI
CALLE 8 No. 1-16 oficina 203 EDIFICIO ENTRECEIBAS citas atención al público
apofejecmcali@cendoj.ramajudicial.gov.co
Código: 9707
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