23 de diciembre de 2024
Suscribirse


23 de diciembre de 2024
Suscribirse
Judicial

Colcafé no pudo impedir el registro de un lema en la SIC

La empresa F. Torres Cardenas y Cia ganó el pleito

28 de junio de 2018

Taty Pineda Acuña


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Industria Colombiana de Café, Colcafé, presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) una solicitud para que no se otorgara el registro del lema ‘el verdadero sabor y aroma de la tradición’ de la empresa F. Torres Cardenas y Cia S.C.A.

Dentro de los argumentos expuestos ante la SIC por la Industria Colombiana, señalan que el lema comercial solicitado por F. Torres “está integrado, al igual que el lema comercial que se encuentra en trámite por nuestra compañía, con las expresiones “sabor” y “aroma”, que sin duda alguna están inmersas en la mente del consumidor, por ser expresiones que se han utilizado en el lema comercial “cafe sello rojo, el café que Colombia toma por sabor y aroma” por más e 15 años.

Además, la compañía opositora argumentó que el registro y uso de esta marca podría resultar engañosa para el consumidor, porque aunque el nuevo lema trae las palabras “el verdadero” y “tradición” no son suficientes para aportar distintividad al lema comercial solicitado, ya que al observarse en conjunto, se evidencia las semejanzas visuales, ortográficas y conceptuales que impedirían que los consumidores puedan diferenciarlos.

Carlos Amaya, socio de Amaya Propiedad Intelectual, explicó que “la solicitud del lema opositor es de fecha posterior a la del signo que objeta, por tal razón, no cuenta con un mejor derecho y la oposición no puede prosperar, adicionalmente, los conjuntos de los signos cotejados pueden ser distinguidos por el consumidor sin lugar a riesgo de confusión”.

Los productos que se lograron distinguir con el registro del lema “el verdadero sabor y aroma de la tradición”, dintinguirá productos y servicios de la clase 30 de la Clasificación Internacional Niza (café procesado en diferentes presentaciones, tostado en grano, molido, descafeinado e instantáneo).

El despacho de la Superintendencia fue clara en señalar para ambas empresas que aunque los signos confrontados coinciden en algunas de sus letras, los elementos adicionales nominativos y gráficos de la marca que acompañan, “permiten su individualización, por lo que el uso del signo pretendido no es susceptible de acarrear riesgo de confusión en el mercado”.

La compañía F. Torres Cardenas y Cia, no presentó oficio de defensa; la vigencia de su lema marcario podrá usarse durante ocho años.

¿Quiere publicar su edicto en línea?

Solo envíe su Edicto o Aviso de Ley, y recibirá la información para su publicación
Comprar ahora
Contáctenos vía WhatsApp

ÚLTIMA EDICIÓN IMPRESA