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Marcas

Comestibles Aldor se opuso al registro de la marca Blinky ante la Superintendencia

Comestibles Aldor argumentó que el registro de la solicitada podría generar confusión en los consumidores con su marca Blink.

08 de julio de 2022

Nicolás Escobar Escobar

nescobar@larepublica.com.co

Canal de noticias de Asuntos Legales

Bibiana Jaramillo Pérez se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Blinky (Mixta) para distinguir productos comprendidos en la clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza, que denota alimentos para animales.

Posteriormente, Comestibles Aldor presentó oposición argumentando que, desde el punto de vista ortográfico, la solicitada reproduce en su totalidad su marca previamente registrada Blink, lo que podría generar un alto grado de confusión en los consumidores.

Además, la empresa opositora indicó que entre las dos marcas existe conexidad competitiva, en la medida en que comparten los canales de comercialización y de publicidad.

Dentro del término concedido, Bibiana Jaramillo Pérez dio respuesta a la oposición argumentando que, desde el punto de vista gráfico, las dos marcas se pueden diferenciar por sus colores distintivos. Además, sobre la conexidad competitiva, anotó que en ambos casos las actividades comerciales diferentes.

Después de realizar su análisis, la SIC determinó que las marcas suplen necesidades opuestas y que los canales de comercialización no son los mismos, por lo que los productos no tienen posibilidad de ser sustitutos.

LOS CONTRASTES

  • Sergio CabreraSocio de Sergio Cabrera Abogados

    “No prosperaron los argumentos de defensa de Aldor porque no existe conexidad competitiva con la registrada. La SIC, en sus facultades de oficio, encontró una marca antecedente para negar la solicitud”.

Sin embargo, la entidad encontró de oficio la marca Blikin con la que sí existen similitudes, ya que gran parte de la solicitada reproduce la expresión de la registrada sin tener elementos adicionales que le otorguen suficiente distintividad.

Por esta razón, la Superintendencia declaró infundada la oposición interpuesta por Comestibles Aldor pero negó el registro de la marca Blinky en la clase 31 de la Clasificación Internacional de Niza.

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