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Marcas

El Banco de Bogotá protegió su marca Crecer ante la Superintendencia de Industria y Comercio

SIC negó la solicitud de registro a la marca Crecer Microfinanciera para su desarrollo y crecimiento, que gestionó la empresa Crecer Microfinanciera S.A.S.

01 de febrero de 2019

Alexis Posso


Canal de noticias de Asuntos Legales

La Dirección de Signos Distintivos adscrita a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) negó la solicitud de registro a la marca Crecer Microfinanciera para su desarrollo y crecimiento, que gestionó la empresa Crecer Microfinanciera S.A.S.

La decisión de la SIC fue tomada luego de que el organismo de control considerará dos oposiciones interpuestas por la también financiera Crezcamos S.A, y el Banco de Bogotá.

La marca solicitada pretendía diferenciar servicios contenidos en la clase 36 de la Clasificación Internacional de Niza, que comprende operaciones financieras y monetarias.

De acuerdo con lo planteado por Crezcamos S.A., primera opositora, la concesión de la marca solicitada provocaría el detrimento del factor diferenciador del signo existente, en tanto ambas expresiones tienen su origen en el verbo “Crecer”.

Crezcamos S.A. también argumentó que el registro de un nuevo signo similar ocasionaría que los consumidores asocien a ambas marcas con el mismo origen empresarial, por lo que la concesión resultaría injusta.

“Crezcamos es una de las primeras de la lista de las microfinancieras más importantes (...) de permitirse el registro de ‘crecer’, se erosionaría la fuerza distintiva y la potencia publicitaria de (nuestra) marca”, aseguró en comunicado oficial.

Una segunda oposición presentó Banco de Bogotá, titular de la marca de tarjetas de crédito Crecer, vinculada a una franquicia.

Según lo argumentado por el banco, la sociedad solicitante pretendía registrar una expresión “a sabiendas de la existencia de una familia de marcas ampliamente reconocida a nivel nacional”, obteniendo provecho del nombre de Banco de Bogotá y de la reputación de sus servicios.

La respuesta a ambas oposiciones por parte del solicitante indicó que, por un lado, no existen semejanzas suficientes entre Crecer y Crezcamos como para negar el registro, y por otro que, al momento de consultar directamente con el banco, no se halló ningún producto relacionado con la palabra Crecer.

Realizado el respectivo análisis comparativo entre las marcas en pleito, la SIC encontró que existen diferencias en la composición nominativa de los signos en el primer caso (Crecer/Crezcamos) pero sí consideró que existe similitud entre los nombres enfrentados en el segundo (Crecer/Crecer).

De esta forma, la Dirección de Signos decidió no conceder el registro marcario a Crecer Microfinanciera para su desarrollo y crecimiento.

El abogado experto en propiedad intelectual, Edgar Iván León Robayo, socio de KMJ Legal, aseguró que la decisión de la SIC fue idónea pues el signo solicitado es “una expresión genérica, y admitir su inscripción daría como resultado una clara violación de los derechos marcarios del titular inscrito”.
El abogado fue enfático en que la SIC busca defender los intereses de titulares de marcas ya registradas.

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