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Marcas

Empresas Públicas de Medellín frenó el registro de la marca EPM Sibaté en la SIC

SuperIndustria consideró que EPM gozaba de una larga trayectoria por lo que merecida una protección especial

27 de julio de 2020

Jonathan Toro


Canal de noticias de Asuntos Legales

Empresas Públicas de Medellín (EPM) asegura que pocas marcas en Colombia gozan de su recorrido histórico y renombre. Por esta razón, encuentra suficientes elementos de juicio para argumentar que el registro de otra marca como EPM Sibaté, la cual “pretende reproducir 100% de las características de su nombre”, tendría un impacto negativo dentro del mercado en donde es tradicionalmente reconocida.

Esta marca era la que pretendía registrar Empresas Públicas Municipales de Sibaté para distinguir servicios comprendidos en la clase 40 de la Clasificación Internacional de Niza, es decir, de tratamiento de agua. Según la empresa propiedad de Medellín, esta pretendía no solo reproducir algunos elementos característicos de su marca, sino que además solicitó el registro de la partícula más representativa de su compañía, como lo son las siglas “EPM”.
Debido a la alta similitud presentada entre las dos marcas enfrentadas, EPM aseguró que el registro de la marca EPM Sibaté podría implicar graves inconvenientes a la hora de que el consumidor tratara de identificar el origen empresarial de cualquiera de las dos marcas, cayendo así, en asociaciones indebidas entre EPM y EPM Sibaté.

Frente a la postura de EPM, EPM Sibaté defendió su intención de registro argumentando que si bien acataban y entendían las peticiones de EPM, aclaraban que jamás tuvieron la intención de obrar de forma negativa o contraria a la ley.

LOS CONTRASTES

  • Juan Carlos TorresSocio Buriticá Abogados

    “Fue una decisión acertada. La marca EPM tiene un gran reconocimiento dentro del mercado, lo que amerita una protección especial frente a los signos”.

Según EPM Sibaté, la intención del registro presentado ante la SIC jamás fue aprovecharse o hacer uso parasitario del prestigio o ventaja comercial que ostente EPM y tampoco afectar al consumidor generando conexiones innecesarias entre las marcas.

Después de escuchar los argumentos y solicitudes de las dos marcas enfrentadas, la SIC consideró que EPM gozaba de la suficiente fuerza distintiva producto de un trabajo económico y publicitario que tenía como resultado su reconocimiento en el mercado colombiano.
Por esta razón, la entidad decidió conceder fundada la oposición de EPM y negar el registro de la marca EPM Sibaté puesto que esta halló que, en efecto, el signo que pretendía registrar podría generar un riesgo de dilución entre las marcas enfrentadas.

Al igual, la SIC reconoció la notoriedad del signo EPM (mixto) respecto de los servicios comprendidos en la clase 40, especialmente para tratamiento de materiales, producción de energía y tratamiento de agua, entre 2017 y 2019.

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