La Superintendencia de Industria y Comercio determinó que la marca cuenta además con otros elementos de caligrafía distintivos
07 de marzo de 2024Borgynet International Holdings Corporation se presentó ante la Superintendencia de Industria y Comercio con el fin de registrar la marca Gomitas Trululu Sabores para distinguir productos de la clase 30 de la Clasificación Internacional de Niza, los cuales son los comprendidos como café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería.
Luego de la solicitud, Comestibles Aldor S.A.S. presentó oposición ante la clase en cuestión con fundamento en el literal b) del artículo 135 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.
Comestibles Aldor S.A.S. aseguró que la marca solicitada no podía pretender la exclusividad de un color, en este caso el blanco, ya que este color era de uso común para identificar marcas relacionadas con la industria alimenticia debido a la relación que tiene en la mente del consumidor con los temas relacionados a la salud. Por lo que otorgarle esta exclusividad sería darle una ventaja competitiva frente a las demás marcas.
Agregaron que últimamente las empresas han optado por utilizar colores que incidan directamente en la decisión de compra de los consumidores.
Borgynet International Holdings Corporation, representante legal de la marca solicitante, mencionó que la empresa opositora omitió la consideración de que el análisis debe hacerse en conjunto, analizando todos los elementos que componen el signo y no evaluando cada uno por separado.
En cuanto al análisis comparativo, la SIC encontró que el color blanco no es un factor altamente distintivo. El signo también cuenta con otros elementos como la caligrafía de la letra utilizada, la posición y el tamaño de estas.
Tomando todos los argumentos de ambas partes en cuenta, la SIC decidió conceder el registro de la marca Gomitas Trululu Sabores.
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